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viernes, 27 de enero de 2012

►HOMBRE Y MUJER: IGUALDAD Y DIFERENCIA









Catecismo de la Iglesia Católica

III "HOMBRE Y MUJER LOS CREO" 2331-2336

Igualdad y diferencia queridas por Dios

369 El hombre y la mujer son creados, es decir, son queridos por Dios: por una parte, en una perfecta igualdad en tanto que personas humanas, y por otra, en su ser respectivo de hombre y de mujer. "Ser hombre", "ser mujer" es una realidad buena y querida por Dios: el hombre y la mujer tienen una dignidad que nunca se pierde, que viene inmediatamente de Dios su creador. El hombre y la mujer son, con la misma dignidad, "imagen de Dios". En su "ser-hombre" y su "ser-mujer" reflejan la sabiduría y la bondad del Creador.

370 Dios no es, en modo alguno, a imagen del hombre. No es ni hombre ni mujer. Dios es espíritu puro, en el cual no hay lugar para la diferencia de sexos. Pero las "perfecciones" del hombre y de la mujer reflejan algo de la infinita perfección de Dios: las de una madre y las de un padre y esposo.

"El uno para el otro", "una unidad de dos" 

371 Creados a la vez, el hombre y la mujer son queridos por Dios el uno para el otro. La Palabra de Dios nos lo hace entender mediante diversos acentos del texto sagrado. "No es bueno que el hombre esté solo. Voy a hacerle una ayuda adecuada" (Gn 2, 18). Ninguno de los animales es "ayuda adecuada" para el hombre. La mujer, que Dios "forma" de la costilla del hombre y presenta a éste, despierta en él un grito de admiración, una exclamación de amor y de comunión: "Esta vez sí que es hueso de mis huesos y carne de mi carne" (Gn 2, 23). El hombre descubre en la mujer como un otro "yo", de la misma humanidad.

372 El hombre y la mujer están hechos "el uno para el otro": no que Dios los haya hecho "a medias" e "incompletos"; los ha creado para una comunión de personas, en la que cada uno puede ser "ayuda" para el otro porque son a la vez iguales en cuanto personas ("hueso de mis huesos...") y complementarios en cuanto masculino y femenino. En el matrimonio, Dios los une de manera que, formando "una sola carne" (Gn 2, 24), puedan transmitir la vida humana: "Sed fecundos y multiplicaos y llenad la tierra" (Gn 1, 28). Al transmitir a sus descendientes la vida humana, el hombre y la mujer, como esposos y padres, cooperan de una manera única en la obra del Creador.

373 En el plan de Dios, el hombre y la mujer están llamados a "someter" la tierra como "administradores" de Dios. Esta soberanía no debe ser un dominio arbitrario y destructor. A imagen del Creador, "que ama todo lo que existe" (Sb 11, 24), el hombre y la mujer son llamados a participar en la providencia divina respecto a las otras cosas creadas. De ahí su responsabilidad frente al mundo que Dios les ha confiado.




jueves, 26 de enero de 2012

►Aborto en el Catecismo de la Iglesia






Aborto en el Catecismo de la Iglesia

2270 La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida.

Antes de haberte formado yo en el seno materno, te conocía, y antes que nacieses te tenía consagrado (Jr 1, 5). Y mis huesos no se te ocultaban, cuando era yo hecho en lo secreto, tejido en las honduras de la tierra (Sal 139, 15).

2271 Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral.  No matarás el embrión mediante el aborto, no darás muerte al recién nacido. Dios, Señor de la vida, ha confiado a los hombres la excelsa misión de conservar la vida, misión que deben cumplir de modo digno del hombre. Por consiguiente, se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes abominables.

2272 La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. "Quien procura el aborto, si éste se  produce, incurre en excomunión latae sententiae", es decir, "de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito", en las condiciones previstas por el Derecho. Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad.

2273 El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación:  "Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona en virtud del acto creador que la ha originado. Entre esos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte". "Cuando una ley positiva priva a una categoría de seres humanos de la protección que el ordenamiento civil les debe, el Estado niega la igualdad de todos ante la ley. Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho... El respeto y la protección que se han de garantizar, desde su misma concepción, a quien debe nacer, exige que la ley prevea sanciones penales apropiadas para toda deliberada violación de sus derechos". 

El embrión

2274 Puesto que debe ser tratado como una persona desde la concepción, el embrión deberá ser defendido en su integridad, cuidado y atendido médicamente en la medida de lo posible, como todo otro ser humano. El diagnóstico prenatal es moralmente lícito, "si respeta la vida e integridad del embrión y del feto humano, y si se orienta hacia su protección o hacia su curación... Pero se opondrá gravemente a la ley moral cuando contempla la posibilidad, en dependencia de sus resultados, de provocar un aborto: un diagnóstico que atestigua la existencia de una malformación o de una enfermedad hereditaria no debe equivaler a una sentencia de muerte".

2275 Se deben considerar "lícitas las intervenciones sobre el embrión humano, siempre que respeten la vida y la integridad del embrión, que no lo expongan a riesgos desproporcionados, que tengan como fin su curación, la mejora de sus condiciones de salud o su supervivencia individual".  "Es inmoral producir embriones humanos destinados a ser explotados como `material biológico' disponible". "Algunos intentos de intervenir en el patrimonio cromosómico y genético no son terapéuticos, sino que miran a la producción de seres humanos seleccionados en cuanto al sexo u otras cualidades prefijadas. Estas manipulaciones son contrarias a la dignidad personal del ser humano, a su integridad y a su identidad".

Aborto en la legislación canóniga (Canon #1398) decreta que la realización de un aborto o la ayuda prestada para realizarlo, constituye una de las 7 ofensas explícitamente castigadas con la excomunión según el Derecho Canónico; conlleva un castigo automático de excomunión (Latae Sententiae), y no necesita ninguna declaración oficial de la Iglesia para llevarlo a cabo. Sólo el obispo o su delegado pueden quitar el castigo de la excomunión. Los católicos que buscan librarse del castigo de excomunión, deben acudir a su confesor local. 
La excomunión afecta a todos aquellos que cometen este crimen conociendo el castigo que conlleva y por lo tanto, incluye a los cómplices sin cuya ayuda no habría podido ser cometido el crimen (Canon 1329).

Con esta sanción, la Iglesia deja claro que el aborto es un crimen muy grave y peligroso, e incentiva a los que lo cometen a buscar sin tardanza, el camino de la conversión. En la Iglesia, el propósito de la excomunión es concienciar plenamente a una persona de la gravedad de un pecado particular y de promover una auténtica conversión y arrepentimiento (Cf EV 62B). La Iglesia siempre busca a quienes se han apartado del redil para ofrecerles la medicina del perdón. Pero para ello es necesario ayudarles a ver la verdad sobre el pecado y las consecuencias. No se puede sanar una enfermedad que no se reconoce.

El Magisterio de la Iglesia Católica ante el problema del aborto
José María López Ríocerezo, Doctor en Derecho

Repitiendo la unánime y universal enseñanza de la Iglesia, la revelación, la recta razón, el derecho y la ciencia moderna están taxativamente de acuerdo en sostener que "el fruto de la concepción es ya una vida humana", que reivindica, como cualquier otro ser humano, aunque sea en desarrollo, su derecho a la existencia. El negárselo lleva consigo la supresión de un ser inocente. 

"Cuanto atenta contra la vida, dice el Concilio Vaticano II - homicidios de cualquier clase, genocidios, abortos, eutanasia y el mismo suicidio deliberado..., todas estas prácticas y otras parecidas son en sí mismas infamantes, degradan la civilización humana, deshonran más a sus autores que a sus víctimas y son totalmente contrarias al honor debido al Creador." (Gaudium et spes, número 27.) 
Esto, en moral, se califica como pecado grave, objetivamente tal. Es un desorden que ofende a Dios, autor de la vida; al ser humano, a quien se priva del derecho a existir, a la comunidad humana y eclesial, a las que el ser humano está destinado a agregarse. La gravedad de este pecado queda subrayada por la Iglesia con una pena especial: la excomunión [automática], como está prevista en la legislación canónica vigente (cf CIC can. 1398), sin otra formalidad que las previstas por dicha legislación: que se procure voluntariamente el aborto y que se tenga conocimiento de su penalización. El fiel que se mancha con el "abominable crimen del aborto" (cf. Gaudium et spes, número 51), se excluye automáticamente él mismo de la comunión con la Iglesia y queda privado de los Sacramentos. 

La Santa Sede ha condenado siempre el aborto (cf. S. Oficio 1889 y 1895). Pío XII, en el discurso a las ostétricas, el 29 de octubre de 1951, declaraba: "Ningún hombre, ninguna autoridad humana, ninguna ciencia, ninguna indicación médica, eugenésica, social, económica, o moral puede exhibir u otorgar título jurídico válido para disponer directa y deliberadamente de una vida humana inocente." 

Pablo VI, en la Humanae vitae y en la carta al cardenal Villot del 3 de octubre de 1971, afirmaba: "La vida no pertenece al hombre. Le sobrepasa porque ha sido recibida de Dios. Es sagrada. Ningún hombre puede disponer de ella a su antojo." 

"Corresponde a la conciencia de los seglares, convenientemente formada, procurar incansablemente con todos los medios legítimos y oportunos, que la ley divina quede grabada en la sociedad terrena" (Gaudium et spes, número 43; Lumen gentium, número 36; Apostolicam actuositatem, número 11; Mensaje de la XV Asamblea General de la C.E.I., 30 de mayo de 1978, número 3; las declaraciones de las Conferencias Episcopales de todos los países y hasta las reiteradas afirmaciones que el Papa Juan Pablo II hizo en la ciudad italiana de L'Aquila el sábado 30 de agosto de 1980, que tuvieron gran resonancia en todo el mundo por su categórica y dramática llamada del Pontífice contra el aborto, que impresionaron y ocuparon las primeras páginas de la prensa mundial). 
Sobre el particular añadía el Santo Padre: "Me llegan noticias terribles sobre lo que está ocurriendo en este campo. Yo, como Vicario de aquel que es la vida del mundo, alzo mi humilde voz de defensa de los que no han nacido, ni han tenido, ni tendrán nunca voz: ¡No se puede suprimir la vida en el seno de la madre!" El Papa dijo también: "A vosotros, laicos católicos, os recuerdo la invitación de vuestros obispos a trabajar por cambiar las leyes actuales sobre el aborto, moralmente inaceptables, por normas que sean respetuosas con el derecho a la vida." 

Todos estos textos recuerdan la posición de la Iglesia, que no ha variado nunca. La Iglesia Católica ha considerado siempre que el niño en el seno de la madre es mucho más que una obra de Dios; es una imagen suya que se está haciendo y preparándose para aparecer. Así lo recuerda la Epístola de San Bernabé en el siglo II de nuestra era. 

El Magisterio ha variado en la calificación que daba al aborto, pero no en su condenación. Si en el Renacimiento algunos teólogos intentaron justificar las prácticas abortivas sosteniendo que el feto no adquiría la vida humana hasta su nacimiento, tal proposición fue condenada por el Papa Inocencio XI y por San Alfonso María de Ligorio. 

Decía Donoso Cortés que las justas batallas han de reñirse aún cuando no tengamos seguridad del éxito, pues de lo que Dios nos pedirá cuenta no es de haber conseguido o no la victoria, sino del esfuerzo o lucha por conseguirla. Y, morir por una causa justa, es siempre un bello morir. Si, como decía Horacio, es dulce y glorioso morir por la Patria, qué no será morir por Dios y por sus ideales y principios básicos. 

Fuente: Artículo publicado en Ya (España), el 27 de abril de 1982.

Citas del Magisterio de la Iglesia sobre el aborto procurado

"Con la fecundación ha comenzado la aventura de una nueva vida humana, cada una de cuyas grandes capacidades exige tiempo, un largo tiempo, para ponerse a punto y estar en condiciones de actuar. Lo menos que se puede decir es que la ciencia actual, en su estado más evolucionado, no da ningún apoyo sustancial a los defensores del aborto. Por lo demás no es incumbencia de las ciencias biológicas dar un juicio decisivo acerca de cuestiones propiamente filosóficas y morales, como son la del momento en que se constituye la persona humana y la legitimidad del aborto. Ahora bien, desde el punto de vista moral, esto es cierto: aunque hubiese duda sobre la cuestión de si el fruto de la concepción es ya una persona humana, es objetivamente un pecado grave el atreverse a afrontar el riesgo de un homicidio" (Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración De aborto procurato, 18 de noviembre de 1974, número 13). 

"Ciertamente ningún dato experimental es por sí suficiente para reconocer un alma espiritual; sin embargo, los conocimientos científicos sobre el embrión humano ofrecen una indicación preciosa para discernir racionalmente una presencia personal desde este primer surgir de la vida humana: ¿cómo un individuo humano podría no ser persona humana? El Magisterio no se ha comprometido expresamente con una afirmación de naturaleza filosófica, pero repite de modo constante la condena moral de cualquier tipo de aborto procurado. Esta enseñanza permanece inmutada y es inmutable" (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae sobre el respeto por la vida humana naciente y la dignidad de la procreación, 22 de febrero de 1987, Parte I, número 1; cf Pablo VI, Discurso a las participantes al XXIII Congreso Nacional de los Juristas Católicos Italianos, 9 de diciembre de 1972). 

"El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción y, por eso, a partir de ese mismo momento se le deden reconocer los derechos de la persona, principalmente el derecho inviolable de todo ser humano inocente a la vida" (Ibid; Catecismo de la Iglesia Católica, 11 de octubre de 1992, número 2270). 

"...el absoluto carácter inviolable de la vida humana inocente es una verdad moral explícitamente enseñada en la Sagrada Escritura, mantenida constantemente en la Tradición de la Iglesia y propuesta de forma unánime por su Magisterio" (Juan Pablo II, Carta encíclica Evangelium vitae, 25 de marzo de 1995, número 57). 

"Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral" (Catecismo de la Iglesia Católica, 2271). 

"Por tanto con la autoridad conferida por Cristo a Pedro y a sus Sucesores, en comunión con los Obispos de la Iglesia Católica, confirmo que la eliminación directa y voluntaria de un ser humano inocente es siempre gravemente inmoral" (Evangelium vitae, 57). 

"Ante la norma moral que prohíbe la eliminación directa de un ser humano inocente `no hay privilegios ni excepciones para nadie'" (Ibid; Juan Pablo II, Carta encíclica Veritatis esplendor, 6 de agosto de 1993, número 96). 

"La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. `Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae' (CIC can. 1398), es decir, `de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito' (cf CIC can. 1314), en las condiciones previstas por el Derecho (cf CIC can. 1323-1324). Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad" (Catecismo de la Iglesia Católica, 2272). 

"El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación" (Ibid, 2273). 

"...los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona en virtud del acto creador que la ha originado. Entre esos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito: el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte" (Donum vitae, Parte III; cf Catecismo de la Iglesia Católica, 2273). 

"...debe quedar bien claro que un cristiano no puede jamás conformarse a una ley inmoral en sí misma; tal es el caso de la ley que admitiera en principio la licitud del aborto. Un cristiano no puede ni participar en una campaña de opinión en favor de semejante ley, ni darle su voto, ni colaborar en su aplicación" (De aborto procurato, 22).

"Lo que por el contrario incumbe a la ley es procurar una reforma de la sociedad, de las condiciones de vida en todos los ambientes, comenzando por los menos favorecidos, para que siempre y en todas partes sea posible una acogida digna del hombre a toda criatura humana que viene a este mundo. Ayuda a las familias y a las madres solteras, ayuda asegurada a los niños, estatuto para los hijos naturales y organización razonable de la adopción: toda una política positiva que hay que promover para que haya siempre una alternativa concretamente posible y honrosa para el aborto" (Ibid, 23). 

Ampliada la definición del aborto
A la luz de los nuevos fármacos y procedimientos quirúrgicos con respecto al aborto, de lo que sabemos acerca de la concepción y de las enseñanzas de la Iglesia Católica en lo referente a la santidad de la vida humana, surgió la pregunta de si "la definición legal que utiliza la Iglesia es algo más amplio que lo que hasta ahora se entendía por aborto", dijo el Padre dominico Joseph Fox, miembro de la Comisión Pontificia para la Interpretación Auténtica del nuevo Código de Derecho Canónico. 

La comisión dijo que constituye un aborto cualquier método utilizado para ponerle fin a una vida humana desde el momento de su concepción hasta el nacimiento y por lo tanto, materia de excomunión. 

El Padre Fox opina que la nueva interpretación abarca todo tipo de sustancia abortiva, inclusive los dispositivos intrauterinos y cierto tipo de píldoras para el control de la natalidad. (Nota del editor: en realidad la mayoría de las píldoras anticonceptivas -- si no todas --, presentes en el mercado hoy, pueden causar abortos, parte del tiempo, en las primeras etapas del embarazo.
La comisión dio a conocer su decisión al Vaticano el el 24 de noviembre de 1988. La medida aclara el cánon 1398, que dice: "quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión." 

La declaración del 24 de noviembre dice que el aborto no es sólo "la expulsión del feto inmaduro", sino "la muerte del mismo feto, de alguna forma y en algún momento, desde su concepción". 

El Padre Fox explicó que la idea tradicional del aborto era la expulsión del feto vivo pero incapaz de vivir fuera del útero. "Las tecnologías recientes han oscurecido esta idea tradicional", señaló. 

En la nueva definición de métodos abortivos se incluyen el dispositivo intrauterino, que impide la implantación de un óvulo fertilizado; las píldoras de control de la natalidad que también impiden la implantación del óvulo o estimulan las contracciones uterinas para rechazarlo. 
Sin embargo, para hacer efectivo el delito de excomunión, debe existir el conocimiento del embarazo y que la persona procure el aborto deliberadamente, señaló el Padre Fox, y reconoció que en el caso del dispositivo intrauterino u otro tipo de método abortivo, podría desconocerse si ha ocurrido un aborto. 

Fuente: La Voz Católica (Miami), 2 de diciembre de 1988.

Para profundizar les remito a este otro post

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CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO AL CORAZÓN INMACULADO DE MARÍA

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"Oh, Corazón Inmaculado de María, refugio seguro de nosotros pecadores y ancla firme de salvación, a Ti queremos hoy consagrar nuestro matrimonio. En estos tiempos de gran batalla espiritual entre los valores familiares auténticos y la mentalidad permisiva del mundo, te pedimos que Tu, Madre y Maestra, nos muestres el camino verdadero del amor, del compromiso, de la fidelidad, del sacrificio y del servicio. Te pedimos que hoy, al consagrarnos a Ti, nos recibas en tu Corazón, nos refugies en tu manto virginal, nos protejas con tus brazos maternales y nos lleves por camino seguro hacia el Corazón de tu Hijo, Jesús. Tu que eres la Madre de Cristo, te pedimos nos formes y moldees, para que ambos seamos imágenes vivientes de Jesús en nuestra familia, en la Iglesia y en el mundo. Tu que eres Virgen y Madre, derrama sobre nosotros el espíritu de pureza de corazón, de mente y de cuerpo. Tu que eres nuestra Madre espiritual, ayúdanos a crecer en la vida de la gracia y de la santidad, y no permitas que caigamos en pecado mortal o que desperdiciemos las gracias ganadas por tu Hijo en la Cruz. Tu que eres Maestra de las almas, enséñanos a ser dóciles como Tu, para acoger con obediencia y agradecimiento toda la Verdad revelada por Cristo en su Palabra y en la Iglesia. Tu que eres Mediadora de las gracias, se el canal seguro por el cual nosotros recibamos las gracias de conversión, de amor, de paz, de comunicación, de unidad y comprensión. Tu que eres Intercesora ante tu Hijo, mantén tu mirada misericordiosa sobre nosotros, y acércate siempre a tu Hijo, implorando como en Caná, por el milagro del vino que nos hace falta. Tu que eres Corredentora, enséñanos a ser fieles, el uno al otro, en los momentos de sufrimiento y de cruz. Que no busquemos cada uno nuestro propio bienestar, sino el bien del otro. Que nos mantengamos fieles al compromiso adquirido ante Dios, y que los sacrificios y luchas sepamos vivirlos en unión a tu Hijo Crucificado. En virtud de la unión del Inmaculado Corazón de María con el Sagrado Corazón de Jesús, pedimos que nuestro matrimonio sea fortalecido en la unidad, en el amor, en la responsabilidad a nuestros deberes, en la entrega generosa del uno al otro y a los hijos que el Señor nos envíe. Que nuestro hogar sea un santuario doméstico donde oremos juntos y nos comuniquemos con alegría y entusiasmo. Que siempre nuestra relación sea, ante todos, un signo visible del amor y la fidelidad. Te pedimos, Oh Madre, que en virtud de esta consagración, nuestro matrimonio sea protegido de todo mal espiritual, físico o material. Que tu Corazón Inmaculado reine en nuestro hogar para que así Jesucristo sea amado y obedecido en nuestra familia. Qué sostenidos por Su amor y Su gracia nos dispongamos a construir, día a día, la civilización del amor: el Reinado de los Dos Corazones. Amén. -Madre Adela Galindo, Fundadora SCTJM

CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO A LOS DOS CORAZONES EN SU RENOVACIÓN DE VOTOS

CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO A LOS DOS CORAZONES EN SU RENOVACIÓN DE VOTOS
Oh Corazones de Jesús y María, cuya perfecta unidad y comunión ha sido definida como una alianza, término que es también característico del sacramento del matrimonio, por que conlleva una constante reciprocidad en el amor y en la dedicación total del uno al otro. Es la alianza de Sus Corazones la que nos revela la identidad y misión fundamental del matrimonio y la familia: ser una comunidad de amor y vida. Hoy queremos dar gracias a los Corazones de Jesús y María, ante todo, por que en ellos hemos encontrado la realización plena de nuestra vocación matrimonial y por que dentro de Sus Corazones, hemos aprendido las virtudes de la caridad ardiente, de la fidelidad y permanencia, de la abnegación y búsqueda del bien del otro. También damos gracias por que en los Corazones de Jesús y María hemos encontrado nuestro refugio seguro ante los peligros de estos tiempos en que las dos grandes culturas la del egoísmo y de la muerte, quieren ahogar como fuerte diluvio la vida matrimonial y familiar. Hoy deseamos renovar nuestros votos matrimoniales dentro de los Corazones de Jesús y María, para que dentro de sus Corazones permanezcamos siempre unidos en el amor que es mas fuerte que la muerte y en la fidelidad que es capaz de mantenerse firme en los momentos de prueba. Deseamos consagrar los años pasados, para que el Señor reciba como ofrenda de amor todo lo que en ellos ha sido manifestación de amor, de entrega, servicio y sacrificio incondicional. Queremos también ofrecer reparación por lo que no hayamos vivido como expresión sublime de nuestro sacramento. Consagramos el presente, para que sea una oportunidad de gracia y santificación de nuestras vidas personales, de nuestro matrimonio y de la vida de toda nuestra familia. Que sepamos hoy escuchar los designios de los Corazones de Jesús y María, y respondamos con generosidad y prontitud a todo lo que Ellos nos indiquen y deseen hacer con nosotros. Que hoy nos dispongamos, por el fruto de esta consagración a construir la civilización del amor y la vida. Consagramos los años venideros, para que atentos a Sus designios de amor y misericordia, nos dispongamos a vivir cada momento dentro de los Corazones de Jesús y María, manifestando entre nosotros y a los demás, sus virtudes, disposiciones internas y externas. Consagramos todas las alegrías y las tristezas, las pruebas y los gozos, todo ofrecido en reparación y consolación a Sus Corazones. Consagramos toda nuestra familia para que sea un santuario doméstico de los Dos Corazones, en donde se viva en oración, comunión, comunicación, generosidad y fidelidad en el sufrimiento. Que los Corazones de Jesús y María nos protejan de todo mal espiritual, físico o material. Que los Dos Corazones reinen en nuestro matrimonio y en nuestra familia, para que Ellos sean los que dirijan nuestros corazones y vivamos así, cada día, construyendo el reinado de sus Corazones: la civilización del amor y la vida. Amén! Nombre de esposos______________________________ Fecha________________________ -Madre Adela Galindo, Fundadora SCTJM

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