El pasado 8 de septiembre la senadora Laura Montero (Alianza Frente cívico Federal –UCR Mendoza) presentó un proyecto de ley alquiler de vientres (también conocida como maternidad subrogada)
El art. 2 señala el alquiler de vientres como una “forma de reproducción humana médicamente asistida”.
Estas son las características fundamentales del proyecto:
- Las mujeres que alquilen su vientre deben de haber tenido al menos un hijo propio y no podrán alquilar su vientre más de dos veces. Tampoco podrán aportar su propio óvulo.
- Pueden encargar el alquiler de un vientre tanto parejas, casadas o no, como solteros.
- Los que encarguen el vientre de alquiler deberán de aportar sus propios gametos “salvo que existan razones fundadas que justifiquen la imposibilidad de aportarlos”
- Los que encarguen el vientre de alquiler deben de “tener imposibilidad para concebir o llevar a término un embarazo sin riesgo para la salud”
- La gestante –y eventualmente los donantes de los gametos-renuncia a la maternidad jurídica del niño. Su nombre no aparecerá en la partida de nacimiento. El acuerdo deberá contar con la autorización judicial.
- El niño tendrá derecho a acceder al expediente judicial cuando tenga madurez suficiente para conocer el nombre de su gestante
El proyecto es esencialmente inmoral porque cosifica la vida humana. Además, abre la puerta al ‘encargo’ de niños por parejas homosexuales que podrían acogerse a la previsión de demostrar su incapacidad física para concebir”.
Por si fuera poco genera al niño un conflicto sobre su verdadero origen. ¿El biológico, el gestante o el de la pareja que lo ‘encargó’?
Aunque el texto apela al “interés superior del menor”, lo cierto es que para ningún menor es ‘interesante’ tener dudas sobre quien es más madre de las tres (o cuatro): la que donó el óvulo, la que alquiló su vientre, la mamá que lo encargó o su pareja lesbiana…
Tampoco se respeta el mayor interés del menor al permitir el alquiler del vientre a un soltero. ¿El superior interés del menor no es tener un padre y una madre?, ¿no son estos los requisitos a la hora de evaluar la idoneidad en un proceso de adopción?
Además, aunque el proyecto dice que el alquiler de vientres debe ser “altruista”, regula una “compensación”, lo que abre la puerta al ‘mercadeo’ en un tema que debe estar al margen del tráfico mercantil.
Por último, el proyecto va contra el derecho. El art. 562 del Código Civil establece que:
“Los nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida sonhijos de quien dio a luz”
Atentamente,
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