¿Realmente sabemos respetar y defender la vida? ¿Conocemos qué significa el “no matarás” del quinto mandamiento?
Johnathan Swift, el conocido autor de “Los viajes de Gulliver”, se ponía de luto y ayunaba el día de su cumpleaños. Haber nacido le parecía una auténtica desgracia. Pero como millones y millones de personas celebran su cumpleaños, no parece que hayamos de darle la razón el señor Swift. Haber nacido es una cosa buena y positiva; aún más, la vida no sólo es un bien, sino que es el bien más alto en el orden natural. El sentimiento contrario es pasajero, debido quizá a la enfermedad física o mental, o a las injusticias que los demás nos han causado.
Además, la vida no sólo es un bien, sino que además es un don, un regalo. Ese don nos ha sido dado (a través de nuestros padres) por Dios: sólo Dios es dueño de la vida. Cada alma es individual y personalmente creada por Dios y sólo Dios tiene derecho a decidir cuándo la infunde a un cuerpo y cuándo su tiempo de estancia en la tierra ha terminado.Que la vida humana pertenece a Dios es tan evidente que la gravedad del homicidio -quitar injustamente la vida a otro- es aceptada universalmente por la sola ley de la razón entre los hombres de buena voluntad. La gravedad del pecado de suicidio -quitarse la vida de modo voluntario- es igualmente evidente.Aunque la vida sea un bien tan grande, no es un bien absoluto. Por gravísimas razones, es lícito matar a otro, quitarle justamente su vida. Por ejemplo, si un agresor injusto amenaza mi vida o la de un tercero, y matarlo es el único modo de detenerlo, no peco si lo hago. De hecho, es permisible matar también cuando el criminal amenaza con tomar o destruir bienes de gran valor y no hay otra forma de pararlo. De ahí se sigue que los policías no atentan contra este mandamiento cuando, no pudiendo disuadir al delincuente de otra manera, lo privan de la existencia.Está claro que el principio de defensa propia sólo se aplica cuando se es víctima de una agresión injusta. Nunca es lícito quitar la vida a un inocente para salvar la propia. Si estoy perdido con otro en el desierto y sólo hay agua para una persona, no puedo matarlo para conseguir así llegar hasta el oasis. Tampoco puede matarse directamente al niño en gestación para salvar la vida de su madre. El niño aún no nacido no es agresor injusto de la madre, y tiene derecho a vivir todo el tiempo que Dios le conceda. Destruir directa y deliberadamente su vida es un pecado de suma gravedad; es un asesinato y tiene, además, la malicia añadida del envío a la eternidad de un alma sin oportunidad de bautismo. Éste es otro de los pecados que la Iglesia trata de contener imponiendo la excomunión a todos los que sin su ayuda no se hubiera cometido el delito: no sólo a la madre, también a los médicos o enfermeras que lo realicen, a quien convenza a la madre o le facilite el dinero para ese fin.Una extensión del principio de defensa personal se aplica a las naciones. Por ello, el soldado que combate por su país en una guerra justa no peca si mata. Una guerra es justa: a) si es una guerra defensiva, es decir, si la nación ve sus derechos o su territorio injustamente violados; b) si se recurre a ella en último extremo, una vez agotados todos los demás medios de dirimir la disputa; c) si se lleva a cabo según los dictados de la ley natural y la leyes internacionales, y d) si se suspende tan pronto como la nación agresora ofrece la satisfacción debida.En la práctica resulta a veces muy difícil para el ciudadano medio decidir si la guerra en que su nación se embarca es justa o no. El ciudadano común suele no conocer todos los intríngulis de una situación internacional. De ahí que muchas veces deba esperar el juicio de la autoridad competente (los obispos o el Papa), para saber cómo actuar. No ha de olvidar, en todo caso, que incluso en una guerra justa se puede pecar por el uso injusto de los medios bélicos, como en caso de emplear armas biológicas que causen estragos al margen de objetivos de valor militar.Ya que la vida no es nuestra, hemos de poner todos los medios razonables para preservar tanto la propia como la del prójimo. Es a todas luces evidente que pecamos si causamos deliberado daño físico a otros; y el pecado se hace mortal si el daño fuera grave. Por ello, las disputas en que se llega a las manos -a no ser que se trate de una agresión injusta-, son una falta contra el quinto mandamiento de la ley de Dios.Lo que directa o indirectamente se relacione con la vida cae en el ámbito del quinto mandamiento. Podemos ir deduciendo de ello muchas consecuencias prácticas. Por ejemplo, es evidente que quien conduce un vehículo de modo imprudente, comete pecado grave, pues expone su vida y la de otros a un riesgo innecesario. Esto también se aplica al conductor que se encuentra atarantado por el alcohol. El conductor ebrio es criminal además de borracho. Ambos son pecados contra el quinto mandamiento, pues beber en exceso, igual que comer excesivamente, contraviene este precepto porque perjudica la salud, y porque la destemplanza causa fácilmente otros efectos nocivos. El pecado de embriaguez se hace mortal cuando de tal modo afecta al bebedor que ya no sabe lo que hace. Pero beber sin llegar a ese extremo también puede ser un pecado mortal por sus consecuencias malas: perjudicar la salud, revelar secretos o descuidar los deberes profesionales o familiares. Quien habitualmente toma bebidas alcohólicas en exceso y se considera libre de pecado porque conservó la noción de lo que hizo, normalmente se engaña a sí mismo; raras veces las bebidas alcohólicas no producen daño grave en el prójimo o en uno mismo.El drogadicto peca gravemente contra este precepto de la ley de Dios. Ingiere la droga con el fin de recibir sensaciones o experiencias sin otro objeto que la satisfacción personal. Implica un arbitrario y arriesgado peligro, que priva al individuo de la función rectora de la razón y le produce perjuicios fisiológicos y psicológicos casi siempre graves e irreversibles. Es, sin ninguna justificación, un atentado contra la vida.Al ser responsables ante Dios por la vida que nos ha dado, tenemos obligación de cuidar la salud dentro de límites razonables. Exponernos a peligros deliberados o innecesarios (como el alpinismo sin precauciones debidas), descuidar la atención médica (cuando sospechamos tener una enfermedad seria), descuidar el necesario descanso (no dormir o no comer lo debido), es faltar a nuestros deberes como administradores de algo que es de Dios.Un principio básico sobre este precepto es que la vida de todo el cuerpo es más importante que la de cualquiera de sus partes. En consecuencia, es lícito extirpar un órgano para conservar la vida. La amputación de un brazo gangrenado o de una matriz cancerosa está justificada moralmente. Sin embargo, mutilar el cuerpo innecesariamente es pecado, y pecado mortal si la mutilación es seria en sí o en sus efectos. Aquella persona que voluntariamente se somete a una intervención quirúrgica con el único fin de quedar estéril, incurre en un pecado mortal, igual que el cirujano que la realiza, sean cuales fueren las circunstancias del caso concreto. También se incluye dentro de este precepto la “eutanasia” (matar a un enfermo incurable para acabar con sus sufrimientos). La eutanasia es pecado grave, aunque el mismo paciente la pida. Si una enfermedad incurable es parte de la providencia de Dios para mí, ni yo ni nadie tiene derecho a impugnarla. La vida es de Dios, y sólo Él determina cuando llega a su fin.
Ricardo Sada Fernández