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lunes, 5 de noviembre de 2012

►La "anticoncepción de emergencia"





Les comparto el siguiente escrito que nos facilita una serie de pensamientos, definiciones y conceptos que con el tiempo, los empresarios de las multinacionales (ej laboratorios) han ido cambiando de acuerdo a conveniencias antivida y generando asimismo, una legislación en favor de sus propios intereses.

Es importante conocer para poder defender nuestra postura pro-vida.
Gracias por leer.
Dios los bendiga!



 Nuevo engaño del movimiento antivida



Según los que promueven esta forma de impedir los nacimientos, "la "anticoncepción de emergencia"...es buena, está accesible y puede evitar una cantidad muy importante de embarazos indeseados y muchos abortos subsecuentes".



Por Adolfo J. Castañeda



Introducción



La "anticoncepción de emergencia" (llamada también "anticoncepción postcoito") consiste en el uso de ciertas dosis de píldoras anticonceptivas o de la inserción del dispositivo intrauterino (DIU) dentro de un cierto número de horas después de un acto sexual, con el objeto de impedir que haya un nacimiento como producto de dicho acto, el cual se presume va a ser fecundo, ya sea porque no se usó ningún anticonceptivo o porque se usó incorrectamente1.



Las píldoras anticonceptivas que se usan para la "anticoncepción de emergencia" han estado disponibles en Europa y en otros países durante un largo tiempo2. Sin embargo, parece que la "anticoncepción de emergencia" ha tenido más publicidad desde abril de 1995, fecha en que se celebró una conferencia en Italia sobre este tema, auspiciada por South to South Cooperation, la Federación Internacional de Planificación de la Familia (IPPF), Family Health International, el Population Council y la Organización Mundial de la Salud3.



Según los que promueven esta forma de impedir los nacimientos, "la "anticoncepción de emergencia"...es buena, está accesible y puede evitar una cantidad muy importante de embarazos indeseados y muchos abortos subsecuentes"4.



Los proponentes del ya mencionado método también alegan que el mismo no constituye un aborto (que es la interrupción del embarazo), ya que dicho método actúa antes de la implantación del óvulo fecundado en el útero de la mujer, momento en el cual, dicen ellos, comienza el embarazo5.



Los que se oponen a la "anticoncepción de emergencia" afirman que sus métodos son abortivos en la mayoría de los casos6. También indican que dichos métodos son dañinos para la mujer7.



Ante esta divergencia de posturas, es necesario presentar los hechos para constatar si la "anticoncepción de emergencia" es (a) abortiva o no y (b) si es dañina o no para sus usuarias. En este artículo nos limitaremos a tratar el primero de estos dos interrogantes. En cuanto a los daños de la "anticoncepción de emergencia", diríjase a Daños ocasionados por los anticonceptivos.



¿Es abortiva la anticoncepcion de emergencia?



Para poder responder a la pregunta sobre si la "anticoncepción de emergencia" es abortiva o no, se necesita primero precisar el momento a partir del cual ocurre un aborto, entendido éste como la terminación del embarazo. Pero como veremos a continuación, si bien no se discute que el aborto es la terminación del embarazo, parece haber un desacuerdo sobre cuándo comienza el embarazo.



Además de las autoridades que ya citamos que afirman que la "anticoncepción de emergencia" no es abortiva debido a que el embarazo no comienza sino hasta la implantación, otras entidades internacionalmente conocidas también alegan lo mismo. Por ejemplo, MEXFAM, la filial de la IPPF en México, declara lo siguiente: "El uso de la ‘anticoncepción de emergencia' no produce un aborto. De hecho, este tipo de anticoncepción evita el embarazo y por ello reduce la necesidad de inducir un aborto. La ciencia médica define el inicio del embarazo como la implantación de un óvulo fecundado en la capa que recubre el útero. La implantación ocurre de 5 a 7 días después de la fecundación. Los anticonceptivos de emergencia funcionan antes de la implantación y no cuando la mujer ya está embarazada"8.



El Dr. Juan Carlos Vargas, director científico de Profamilia, la filial de la IPPF en Colombia, afirma lo mismo. Según él, "para la institución [Profamilia] no se trata de un aborto pues según un extendido criterio médico el embarazo comienza sólo cuando el óvulo fecundado se implanta en el útero"9.



Como puede observarse, ambas filiales de la IPPF afirman que su definición del comienzo del embarazo se funda en lo que dice la ciencia médica. Por su parte, MEXFAM alega que su información sobre este tema se basa en la literatura médica de la Oficina de Investigación en Población de la Universidad de Princeton10.



Es posible que MEXFAM haya obtenido también su definición del comienzo del embarazo de la Organización Mundial de la Salud (OMS), ya que a continuación en su sitio electrónico MEXFAM afirma: "De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la anticoncepción de emergencia se usa para prevenir el embarazo después de un acto coital no protegido [es decir, en el cual no se usaron anticonceptivos], posiblemente fértil"11. Ahora bien, como acabamos de ver, MEXFAM afirma que los anticonceptivos de emergencia actúan después de la fecundación (es decir, de la concepción) y antes de la implantación. De manera que parece ser que, según la OMS, el embarazo comienza en la implantación, no en la fecundación.



Otra posible fuente médica de ambas instituciones, es el Colegio de Obstetricia y Ginecología de los Estados Unidos (ACOG), el cual, en 1965, definió la concepción como "la implantación de un óvulo fertilizado"12.



Con respecto a esta definición de la ACOG, es importante observar, sin embargo, que se trató de un cambio en la manera de definir la concepción, la cual hasta ese momento había sido definida por la medicina como la fertilización del óvulo por el espermatozoide13.



Más aún, el ya mencionado cambio no parece haber estado motivado por la evidencia científica, sino por otro tipo de intereses. El Dr. J. Richard Sosnowski, presidente de la Asociación de Obstetras y Ginécologos del Sur de los Estados Unidos declaró en 1984: "No me parece algo excelente practicar una gimnasia semántica en una profesión... También me preocupa que, sin ninguna evidencia científica para justificar el cambio, la definición de la concepción, como la exitosa penetración espermática del óvulo, haya sido redefinida como la implantación del óvulo fertilizado. Me parece que la única razón de esto fue el dilema que causó la posibilidad de que el dispositivo intrauterino funcionase como un abortivo"14.



El Dr. Sonowski no es el único a quien le preocupa que la redefinición del embarazo como la implantación se deba al deseo de evitar llamarle abortivo al efecto de ciertos métodos del control de la natalidad. En Colombia, por ejemplo, se ha generado una polémica en torno al uso de las píldoras anticonceptivas como "anticoncepción de emergencia", ya que uno de sus posibles efectos es la alteración del útero de tal manera que el óvulo fecundado no puede implantarse en él15. "La Corte Constitucional declaró en 1994 que la vida, para la legislación colombiana, comienza en el momento de la fecundación: es decir cuando el espermatozoide fecunda al óvulo"16. En ese caso, el ya mencionado efecto antimplantatorio de los métodos de la "anticoncepción de emergencia" sería abortivo y por tanto se estaría violando la ley colombiana, la cual prohibe el aborto. De ahí que el Dr. Vargas, de Profamilia, negara, como ya señalamos, que las píldoras anticonceptivas y el DIU tuvieran efectos abortivos, basándose en que el embarazo comienza en la implantación, no en la fecundación.



Parece ser entonces que la definición de la concepción como la implantación, que proponen algunas entidades conocidas internacionalmente, se basa más bien en el intento de negar el efecto abortivo de ciertos métodos del control de la natalidad.



Queda por examinar entonces qué dicen otras institucions públicas y fuentes médicas sobre cuándo comienza el embarazo y qué es lo que constituye el aborto.



El Departamento de Salud, Educación y Bienestar de los Estados Unidos o HEW (Department of Health Education and Welfare) definió en 1963 los procedimientos abortivos de la siguiente manera: "Todas las medidas que impiden la viabilidad del cigoto en cualquier momento entre el instante de la fertilización y el parto constituyen, en sentido estricto, procedimientos para inducir el aborto"17. Obsérvese que en esta definición del aborto está implicada también la definición del comienzo del embarazo como la fertilización y no como la implantación.



Como ya señalamos, el Colegio de Obstetricia y Ginecología de los Estados Unidos, dos años después de esta definición del HEW, cambió la definición del comienzo del embarazo por la implantación. Sin embargo, hasta ese momento todos los científicos reconocían que la concepción comenzaba en el momento de la fertilización del óvulo por el espermatozoide.



¿Qué ha pasado después de esa fecha? No tenemos el espacio aquí para dar una lista de todos los diccionarios médicos, pero señalamos a continuación siete de los más respetados libros de texto de medicina, publicados entre 1978 y 1995, todos los cuales definen el comienzo del embarazo como la concepción, y a ésta como la fertilización del óvulo por el espermatozoide: Butterworth's Medical Dictionary, 2a Edición, 1978; Gould Medical Dictionary, 4a Edición, 1979; Stedman's Medical Dictionary, 26a Edición, 1995; Harrup's Dictionary of Medicine and Health, 1a Edición, 1988; Mellon's Illustrated Medical Dictionary, 3a Edición, 1993; Oxford Concise Medical Dictionary, 4a Edición, 1994 y Pearce's Medical and Nursing Dictionary and Encyclopedia, 15a Edición, 198318.



El Dr. Ralf G. Rahwan, Profesor de Farmacología y Toxicología de la Ohio State University en los Estados, en una carta que le envió a la prestigiosa revista médica Lancet, y que ésta le publicó, también define la concepción como el momento en que el espermatozoide penetra y fertiliza el óvulo para formar un cigoto viable19.



La mayoría de estas fuentes también le llaman al resultado de la concepción: embrión, feto o hijo. O sea, identifican al cigoto con un nuevo ser individual. Encontramos esta misma identificación en las definiciones de la concepción de otras autoridades importantes de la ciencia médica. Por ejemplo, el eminente investigador australiano y experto en el SIDA, el Profesor John Dwyer, ha descrito el momento en que el espermatozoide penetra el óvulo como la creación de un "único y nuevo individuo"20.



El Mosby's Medical, Nursing and Allied Health Dictionary define el embarazo de la siguiente manera: "En el preciso y único momento de la concepción, la mujer está embarazada con un nuevo ser individual"21. 



El Profesor Drek Llewellyn-Jones, un muy conocido escritor sobre temas médicos, también ha definido la concepción y el comienzo del embarazo diciendo que cuando el material genético masculino del espermatozoide se une al material genético femenino del óvulo, "se forma un nuevo individuo"22.



Es importante observar también que tanto el Profesor Rahwan, como los siete diccionarios médicos que mencionamos, coinciden en que el término abortivo es la descripción biológica exacta de cualquier fármaco o dispositivo que cause una acción después de la concepción23. Por su parte, el diccionario médico Mosby's, que también citamos, afirma que cualquier acción causada por un fármaco o dispositivo usado después de la concepción no puede llamarse una acción anticonceptiva24.



De manera que tenemos un gran número de eminentes personalidades y fuentes del campo de la medicina que afirman que el embarazo comienza en la concepción, que ésta consiste en la fertilización del óvulo por el espermatozoide, momento en el cual comienza a existir un nuevo ser humano individual, y que el aborto es una acción que impide la viabilidad de este nuevo ser en cualquier momento a patir de la fertilización o concepción hasta el momento del parto. Ninguna de ellas indentifica la concepción con la implantación, sino que afirma que este suceso tiene lugar varios días después de la fertilización.



Conclusión



¿Qué hacemos entonces ante la divergencia de posturas con respecto al comienzo del embarazo y al momento a partir del cual ocurre el aborto? Lo más honesto que se puede hacer es lo siguiente:



(a) Reconocer que las fuentes autorizadas que afirman que el embarazo comienza en la concepción -- momento a partir del cual cualquier acción que, interrumpiendo dicho embarazo, haga imposible la viabilidad del ser humano concebido, constituye un aborto -- son al menos tan numerosas y serias como las que afirman lo contrario.



(b) Las autoridades que han redefinido el comienzo del embarazo como la implantación, y que basadas en dicha redefinición niegan que el aborto ocurra antes de ésta, parecen estar motivadas más bien por la preocupación de no llamarle abortivos a los métodos de la "anticoncepción de emergencia" y a otros métodos anticonceptivos que en los datos médicos.



(c) Ante tal divergencia de opiniones con respecto a un asunto tan importante en el cual está en juego la vida de incontables seres humanos y ante la evidente necesidad de seguir lo mejor que la ciencia moderna nos ofrece, no queda otro recurso que pronunciarse en favor de la vida de dichos seres humanos. De otro modo se estaría corriendo el riesgo de condenar a la muerte a un enorme sector de la humanidad, cuyo único "delito" es no haber llegado todavía a implantarse en el útero de su madre.



Pero hay más todavía. Recientemente Vida Humana Internacional recibió de su filial en Colombia ("Cultura de la vida humana") ejemplares de dos de los libritos de la oficina de Profamilia (la filial de la IPPF en ese país). Uno de ellos se titula Cuadernillo estudiantil: Fecundación, maternidad y lactancia, en el cual se afirma lo siguiente: "El sexo de la criatura queda establecido en el instante de la fecundación" (p. 4) y "se llama gestación al desarrollo de la criatura dentro del vientre de la madre desde el momento de la fecundación hasta que nace" (p. 13). El otro librito se titula Cuadernillo estudiantil: Novedades anticonceptivas y métodos en investigación, en el cual se afirma lo siguiente respecto de los métodos post-coitales, o sea, los que se utilizan como "anticoncepción de emergencia": "Se denominan así aquellos métodos que se utilizan después de la relación sexual o para evitar que prosiga un embarazo no deseado" (p. 6). Luego pasa a describir estos métodos, que son las píldoras anticonceptivas, el dispositivo intrauterino y la RU 486.



Evidentemente, si el comienzo de la gestación o del embarazo ha sido definido en el momento de la fecundación, se deduce que Profamilia está admitiendo que estos métodos son abortivos, pues el aborto es la interrupción del embarazo que resulta en la muerte de la "criatura" (como esta misma organización le llama al ser humano no nacido en su propia publicación). Por otra parte, como vimos al principio del artículo, el Dr. Juan Carlos Vargas, director científico de Profamilia, afirma que "no se trata de un aborto pues según un extendido criterio médico el embarazo comienza sólo cuando el óvulo fecundado se implanta en el útero". En otras palabras, Profamilia se contradice al admitir que la "anticoncepción de emergencia" es abortiva.



En conclusión, la "anticoncepción de emergencia" tiene que ser absolutamente rechazada. La ciencia, la ética y el sentido común nos indican que no tenemos otra alternativa.



Notas: 1. Jane E. Brody, "Personal Health," The New York Times, 23 de septiembre de 1997, B15; "For Emergency Cases," Forum (julio de 1997): 35; "La ‘anticoncepción de emergencia' es rechazable," Palabra (mayo de 1997): 24; "Respuesta de emergencia," Revista Mujer Salud (marzo de 1996): 45. 2. Brody, B15. 3. "Respuesta de emergencia," 45. 4. Ibíd. 5. Ibíd., 46; David Grimes, M.D., "Emergency Contraception -- Expanding Opportunities for Primary Prevention," New England Journal of Medicine 337 (9 de octubre de 1997): 1078-1079. 6. "La ‘anticoncepción de emergencia' es rechazable," 24. 7. Ibíd. 8. Sitio electrónico de MEXFAM. 9. José Luis Novoa Santacruz, "¿Microabortivos o anticonceptivos?," El Tiempo (Colombia), 2 de noviembre de 1997, 3C. 10. Sitio electrónico de MEXFAM. 11. Ibíd. 12. American College of Obstetrics and Gynecology, "Terms Used in Reference to the Fetus," Terminology Bulletin (Chicago: ACOG, septiembre de 1965). 13. Brian Clowes, Ph.D., The Facts of Life (Front Royal, Virginia, EE.UU.: Human Life International, 1997), 65. 14. J. Richard Sosnowski, M.D., "The Pursuit of Excellence: Have We Apprehended and Comprehended It?," American Journal of Obstetrics and Gynecology (15 de septiembre de 1984): 117. 15. Novoa Santacruz, 3C. 16. Ibíd. 17. Public Health Leaflet, no. 1066, 1963. 18. Todos citados en John Wilks, B.Pharm. M.P.S., A Consumer's Guide to the Pill and Other Drugs (North Melbourne, Australia: TGB Books, 1996), 16. 19. Profesor R. Rahwan, (carta) Lancet 346 (1995): 252. 20. Profesor J. Dwyer, The Courier (Alexandria, Australia), 1o de febrero de 1996. 21. Mosby's Medical, Nursing and Allied Health Dictionary, 3a Edición, 1990, a cargo de N. Darlene Como, p. 954. 22. D. Llewellyn-Jones, Everywomen, 2a Edición, (Londres: Faber and Faber), 1978, 8. 23. Rahwan, Contraceptives, Interceptives and Abortifacients (Columbus, Ohio, EE.UU.: Division of Pharmacology, College of Pharmacy, The Ohio State University, 1995), 7. 24. Mosby's, 301.



Fuente: Aquí


martes, 2 de octubre de 2012

►Matrimonios felices sin anticonceptivos



EWTN) Pepe Alonso y el Padre Tom Euteneur conversan sobre aspectos de la planificación en el matrimonio.

CATEQUESIS SOBRE LA "TEOLOGIA DEL CUERPO"
EN JUAN PABLO II NOVIAZGO, MATRIMONIO y FAMILIA CRISTIANA




lunes, 26 de marzo de 2012

►EE. UU. fuerza el «mandato anticonceptivo» en la Comunidad Internacional





Por Timothy Herrmann

NUEVA YORK, 23 de marzo (C-FAM) Estados Unidos quemó todas las naves diplomáticas durante la sesión de este año de la Comisión de la ONU sobre la Condición de la Mujer al recurrir a la fuerza y al engaño para aprobar una resolución impopular que exige el acceso internacional a la anticoncepción.
Los países acusaron a Estados Unidos de manipular el proceso de negociación de principio a fin al proponer el texto inicial de la resolución sobre mortalidad materna, controlando íntegramente la negociación en curso y luego utilizando su prerrogativa como presidente de la conferencia para presentar un documento final que otros países, en realidad, no podían modificar.

La presión que ejerce Estados Unidos en pro de la anticoncepción se aleja radicalmente del lenguaje acordado en la Conferencia de la ONU sobre la Población y el Desarrollo realizada en El Cairo, en 1994, que  utilizó la expresión «planificación familiar» en vez de la palabra «anticoncepción», sobre la que insistía Estados Unidos. El aborto se rechaza expresamente como método de planificación familiar en el documento de El Cairo. Muchos países temen que la revisión estadounidense, junto con su referencia a los derechos reproductivos dentro de la resolución, pueda promover una agenda de aborto más amplia, lo cual constituye una de las prioridades de la política exterior de la administración Obama.

La resolución, cuyo propósito era abordar la salud materna, no fue bien recibida por delegaciones como Chile, Irán, Malta y la Santa Sede, porque Estados Unidos hizo mayor hincapié en la anticoncepción que en la salud de la madre.

Aun antes del inicio de la conferencia sobre la mujer, Estados Unidos dominó las negociaciones convocando consultas informales a puertas cerradas. Al efectuar consultas por anticipado, este país mostró la importancia que concedía a la resolución y parecía querer garantizar que cualquier problema de importancia fuera abordado previo al inicio de la conferencia.

Aunque hubo concesiones, Estados Unidos no estaba dispuesto a ceder sobre los «métodos anticonceptivos modernos, seguros, efectivos, asequibles y aceptables» o acerca de cualquier clase de referencia a los derechos reproductivos. Abundan los rumores de por qué Estados Unidos no quiso transigir en este lenguaje, aunque las delegaciones pensaron que era probable que la política nacional de la administración Obama sobre anticoncepción se hubiera convertido ahora también en su política internacional.

Aunque los países expresaron profunda inquietud, Estados Unidos no llevó a cabo ninguna negociación formal sobre la resolución durante la primera semana de la conferencia. Luego, en una maniobra diplomática cuestionable, entabló negociaciones en la Misión de Estados Unidos en vez de hacerlo en la ONU, enviando así el claro mensaje a todas las partes de que el proceso pertenecía a ese país.  El hecho de que hubiera negociaciones en la Misión estadounidense también imposibilitó que asistiera el gobierno de Irán, y este último era uno de los principales opositores de la agenda de derechos anticonceptivos y reproductivos. 

La última negociación fue celebrada dentro de la ONU, pero Estados Unidos la concluyó abruptamente, antes de que se alcanzara un acuerdo. El último día de la conferencia, los delegados votaron a favor de la resolución entendiendo que Estados Unidos había atendido sus inquietudes. Fue después de la votación que los delegados cayeron en la cuenta de que Estados Unidos había presentado lo que se conoce como un «texto del presidente», el cual estaba cargado del reprobable lenguaje de la anticoncepción.

El uso de los textos del presidente es un nuevo avance, y para muchas delegaciones, preocupante. Implica que todas las negociaciones efectuadas por los gobiernos llegan a nada y la decisión final es tomada por un solo país.

John Klink, quien se desempeñó durante años como negociador principal de la Santa Sede y como representante en varias delegaciones estadounidenses ante la ONU, dijo a Friday Fax que «los presidentes a menudo prueban algunas cosas para salirse con la suya, como lo harían los países anfitriones de las negociaciones». Pero que, en catorce años de realizar esta tarea, no podía recordar « una sola instancia en la que el texto del presidente fuera impuesto a los negociadores».

Via:www.c-fam.org

martes, 31 de mayo de 2011

La pastilla del día siguiente



La pastilla del día siguiente, ¿realmente es inofensiva? 

Mucho se está hablando actualmente de la pastilla del día siguiente. Muchas preguntas nos han llegado sobre esta pastilla. Morning After Day Pill, MAP, como es conocida en Estados Unidos es considerada un método de anticoncepción de emergencia, porque se toma después de haber tenido relaciones sexuales, (hasta 72 horas después).En nuestro país vecino ya se vende la pastilla como tal, a pesar que algunas cadenas de supermercados se han rehusado a venderla en sus farmacias, conscientes de los daños que producen a la madre y al feto. La dosis de esta pastilla equivale a tomar dos pastillas anticonceptivas de ciertas marcas en específico, después de la relación sexual y otra dosis equivalente 12 horas después. 

¿Cómo funciona la pastilla del día siguiente? 

La pastilla del día siguiente es una dosis de hormonas que trabaja de dos maneras distintas, dependiendo del momento del ciclo en el cual se encuentre la mujer y cuánto tiempo haya transcurrido después de la relación sexual La primera forma como opera es evitando que ocurra la ovulación. Una vez que ya se tuvo la relación sexual, puede evitar que el óvulo sea expulsado y que no baje por las trompas de falopio, donde suele ocurrir la fecundación, evitando así que los esperamatozoides que se han quedado vivos dentro del cuerpo de la mujer, no encuentren óvulo que fecundar. A esta función se le llama anovulatoria, porque impide la ovulación. 

La segunda forma como funciona es cuando el óvulo ya ha sido fecundado, es decir CUANDO YA HAY UN EMBARAZO, e impide que se implante o anide en las paredes de la matriz. Aquí existe ya un bebé, al cual se le está evitando que continúe su proceso de desarrollo al no permitirle que se implante, ocasionando un aborto. 

Hay opiniones encontradas entre varios médicos especialistas, ginecólogos. Algunos afirman que no es abortiva, dado que se centran sólo en la función anovulatoria de la pastilla, desconociendo el segundo caso, o, también, porque no consideran al óvulo fecundado, antes de su implantación, como una nueva vida. 

Muchas personas no aceptan que antes de que el óvulo fecundado se implante, ya hay una vida, porque es una manera de liberarse de la culpa de destruir un feto, un bebé. Desde el momento en el que el espermatozoide entra al óvulo inmediatamente sucede la división y reproducción de células, lo que significa que ya es un nuevo ser que se está desarrollando y que ya es un ser diferente a la madre. 

Efectos secundarios de la pastilla del día siguiente

Algunos de los efectos que produce esta dosis de hormonas son dolor de cabeza, vómito, mareos, sensibilidad en los senos, fatiga, retención de líquidos, sangrado como si fuese menstruación. Este sangrado puede deberse a la caída de las paredes del útero o matriz, o al aborto mismo. Además, severo dolor abdominal, en el pecho, dificultad para respirar, visión borrosa, dolores fuertes en las piernas. 

Una mujer que utiliza esta pastilla regularmente puede llegar a experimentar complicaciones fatales como obstrucción de venas y arterias, ataques al corazón, paros cardíacos, disfunciones en el hígado, y alta presión arterial. 

Así que, ahora que sabes las consecuencias y la verdad sobre la pastilla del día siguiente, es importante que seas muy conciente si quieres arriesgarte. Acuérdate que parte de la decisión que tomaste al momento de tener relaciones sexuales iba acompañada con la posibilidad de traer una nueva vida a este mundo. 

La píldora del día después

Pregunta: Parece ser que la píldora del día después va a ser comercializada próximamente en las farmacias con receta médica. Al hacer pública la noticia, se ha insistido en que "no tiene nada que ver con la pastilla abortiva RU-486. Según eso, se trataría de un mero método contraceptivo de emergencia. La función de este medicamento sería similar al DIU (dispositivo intrauterino)". ¿Qué hay de cierto en ello?

Respuesta: Hay un principio de sabiduría popular que dice: "Cuando alguien oculta una realidad bajo palabras ambiguas, falsas o tergiversadas, es señal inequívoca de que no tiene la conciencia tranquila en aquello que propone". Aplicando esta máxima a la forma en que se ha dado a conocer a la opinión pública la inminente comercialización del fármaco conocido como "píldora del día después", llegamos a la conclusión de que las autoridades políticas y sanitarias pretenden introducir por la puerta trasera una mayor liberalización del aborto.

         Es cierto que los efectos de esta "píldora del día después" son similares a los del DIU. Pero lo que no se da a conocer es que éste último no es un método anticonceptivo, sino que también es abortivo. Tanto la nueva píldora como el DIU, actúan impidiendo la implantación del embrión en el útero, produciendo un aborto temprano, a los pocos días de la fecundación. En consecuencia, es absolutamente falso que la "píldora del día después" sea un "método contraceptivo de emergencia"; sino que estamos ante un fármaco abortivo. Además, es equívoco afirmar que esta pastilla no tiene nada que ver con la RU-486; pues aunque se trate de fármacos de composición química diferente, y aunque actúen en estadios diversos del embarazo, ambos tienen algo muy sustancial en común: son abortivos.

         Se está hurtando a la sociedad el necesario debate ético sobre el aborto, utilizando la estrategia de la tergiversación de los conceptos y procediendo por la vía de los hechos consumados. De esta forma, se elude la verdadera cuestión; que no es otra que la del inicio de la vida. La biología ha demostrado con rotundidad que el auténtico salto cualitativo tiene lugar en el momento de la fecundación, de forma que todos los pasos posteriores de la gestación, no son sino un despliegue del código genético del embrión, totalmente original e intransferible.

         Y así, mientras que en Europa eluden los términos del que había de ser el verdadero debate, hemos conocido que el pasado 10 de Octubre, el Tribunal Constitucional de Costa Rica ha dictaminado como inconstitucional la fecundación in vitro; en base al reconocimiento de que la vida humana existe a partir de la concepción y por ello el embrión debe de ser tutelado como un ser humano, sujeto de derechos, especialmente del derecho a la vida. La legislación costarricense es coherente con la afirmación científica sobre el inicio de la vida, prohibiendo en consencuencia el aborto y la manipulaciones de embriones. El texto de la sentencia explicita que los embriones, como seres humanos, no pueden ser congelados, vendidos, sometidos a experimentación o ser desechados.

                 Sin embargo, en aquellos países supuestamente avanzados, como el nuestro, en los que nos hemos colocado de forma colectiva una venda en los ojos, nos engañamos a nosotros mismos cuando hacemos afirmaciones tales como que "la utilización de esta nueva pastilla puede llegar a evitar el 75% de los embarazos no deseados"... Cuando, en realidad, deberíamos de decir que, esta "píldora del día después", para lo único que puede servir es para facilitar el recurso al aborto, y, en consecuencia, para multiplicar los actuales 50.000 abortos anuales. Cuando se desdramatiza la muerte, la vida pierde valor. Por el contrario, la valoración de la vida, deja en evidencia a cualquier método de muerte, por muy sofisticado y disimulado que sea, como un auténtico drama.
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♥Consagración a la Virgen María

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CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO AL CORAZÓN INMACULADO DE MARÍA

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"Oh, Corazón Inmaculado de María, refugio seguro de nosotros pecadores y ancla firme de salvación, a Ti queremos hoy consagrar nuestro matrimonio. En estos tiempos de gran batalla espiritual entre los valores familiares auténticos y la mentalidad permisiva del mundo, te pedimos que Tu, Madre y Maestra, nos muestres el camino verdadero del amor, del compromiso, de la fidelidad, del sacrificio y del servicio. Te pedimos que hoy, al consagrarnos a Ti, nos recibas en tu Corazón, nos refugies en tu manto virginal, nos protejas con tus brazos maternales y nos lleves por camino seguro hacia el Corazón de tu Hijo, Jesús. Tu que eres la Madre de Cristo, te pedimos nos formes y moldees, para que ambos seamos imágenes vivientes de Jesús en nuestra familia, en la Iglesia y en el mundo. Tu que eres Virgen y Madre, derrama sobre nosotros el espíritu de pureza de corazón, de mente y de cuerpo. Tu que eres nuestra Madre espiritual, ayúdanos a crecer en la vida de la gracia y de la santidad, y no permitas que caigamos en pecado mortal o que desperdiciemos las gracias ganadas por tu Hijo en la Cruz. Tu que eres Maestra de las almas, enséñanos a ser dóciles como Tu, para acoger con obediencia y agradecimiento toda la Verdad revelada por Cristo en su Palabra y en la Iglesia. Tu que eres Mediadora de las gracias, se el canal seguro por el cual nosotros recibamos las gracias de conversión, de amor, de paz, de comunicación, de unidad y comprensión. Tu que eres Intercesora ante tu Hijo, mantén tu mirada misericordiosa sobre nosotros, y acércate siempre a tu Hijo, implorando como en Caná, por el milagro del vino que nos hace falta. Tu que eres Corredentora, enséñanos a ser fieles, el uno al otro, en los momentos de sufrimiento y de cruz. Que no busquemos cada uno nuestro propio bienestar, sino el bien del otro. Que nos mantengamos fieles al compromiso adquirido ante Dios, y que los sacrificios y luchas sepamos vivirlos en unión a tu Hijo Crucificado. En virtud de la unión del Inmaculado Corazón de María con el Sagrado Corazón de Jesús, pedimos que nuestro matrimonio sea fortalecido en la unidad, en el amor, en la responsabilidad a nuestros deberes, en la entrega generosa del uno al otro y a los hijos que el Señor nos envíe. Que nuestro hogar sea un santuario doméstico donde oremos juntos y nos comuniquemos con alegría y entusiasmo. Que siempre nuestra relación sea, ante todos, un signo visible del amor y la fidelidad. Te pedimos, Oh Madre, que en virtud de esta consagración, nuestro matrimonio sea protegido de todo mal espiritual, físico o material. Que tu Corazón Inmaculado reine en nuestro hogar para que así Jesucristo sea amado y obedecido en nuestra familia. Qué sostenidos por Su amor y Su gracia nos dispongamos a construir, día a día, la civilización del amor: el Reinado de los Dos Corazones. Amén. -Madre Adela Galindo, Fundadora SCTJM

CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO A LOS DOS CORAZONES EN SU RENOVACIÓN DE VOTOS

CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO A LOS DOS CORAZONES EN SU RENOVACIÓN DE VOTOS
Oh Corazones de Jesús y María, cuya perfecta unidad y comunión ha sido definida como una alianza, término que es también característico del sacramento del matrimonio, por que conlleva una constante reciprocidad en el amor y en la dedicación total del uno al otro. Es la alianza de Sus Corazones la que nos revela la identidad y misión fundamental del matrimonio y la familia: ser una comunidad de amor y vida. Hoy queremos dar gracias a los Corazones de Jesús y María, ante todo, por que en ellos hemos encontrado la realización plena de nuestra vocación matrimonial y por que dentro de Sus Corazones, hemos aprendido las virtudes de la caridad ardiente, de la fidelidad y permanencia, de la abnegación y búsqueda del bien del otro. También damos gracias por que en los Corazones de Jesús y María hemos encontrado nuestro refugio seguro ante los peligros de estos tiempos en que las dos grandes culturas la del egoísmo y de la muerte, quieren ahogar como fuerte diluvio la vida matrimonial y familiar. Hoy deseamos renovar nuestros votos matrimoniales dentro de los Corazones de Jesús y María, para que dentro de sus Corazones permanezcamos siempre unidos en el amor que es mas fuerte que la muerte y en la fidelidad que es capaz de mantenerse firme en los momentos de prueba. Deseamos consagrar los años pasados, para que el Señor reciba como ofrenda de amor todo lo que en ellos ha sido manifestación de amor, de entrega, servicio y sacrificio incondicional. Queremos también ofrecer reparación por lo que no hayamos vivido como expresión sublime de nuestro sacramento. Consagramos el presente, para que sea una oportunidad de gracia y santificación de nuestras vidas personales, de nuestro matrimonio y de la vida de toda nuestra familia. Que sepamos hoy escuchar los designios de los Corazones de Jesús y María, y respondamos con generosidad y prontitud a todo lo que Ellos nos indiquen y deseen hacer con nosotros. Que hoy nos dispongamos, por el fruto de esta consagración a construir la civilización del amor y la vida. Consagramos los años venideros, para que atentos a Sus designios de amor y misericordia, nos dispongamos a vivir cada momento dentro de los Corazones de Jesús y María, manifestando entre nosotros y a los demás, sus virtudes, disposiciones internas y externas. Consagramos todas las alegrías y las tristezas, las pruebas y los gozos, todo ofrecido en reparación y consolación a Sus Corazones. Consagramos toda nuestra familia para que sea un santuario doméstico de los Dos Corazones, en donde se viva en oración, comunión, comunicación, generosidad y fidelidad en el sufrimiento. Que los Corazones de Jesús y María nos protejan de todo mal espiritual, físico o material. Que los Dos Corazones reinen en nuestro matrimonio y en nuestra familia, para que Ellos sean los que dirijan nuestros corazones y vivamos así, cada día, construyendo el reinado de sus Corazones: la civilización del amor y la vida. Amén! Nombre de esposos______________________________ Fecha________________________ -Madre Adela Galindo, Fundadora SCTJM

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