Buscar este blog

:

:

Entrada destacada

¿Qué hiciste hoy para conciencitizar sobre la defensa de la vida?

Hola, te invito a que pienses que puedes hacer, desde tu lugar, para ayudar a la defensa de la vida. Por ejemplo puedes proponer reunion...

Mostrando entradas con la etiqueta Iglesia. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Iglesia. Mostrar todas las entradas

jueves, 15 de octubre de 2015

ISIS e ideología de género son “como bestias del Apocalipsis” contra familia. Card. Sarah

VATICANO, 13 Oct. 15 / 05:24 pm (ACI).- En su intervención durante el Sínodo de la Familia, el Cardenal Robert Sarah, Prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, dijo que la ideología de género y el fundamentalismo islámico son "como dos bestias apocalípticas".
El vaticanista Edward Pentin del National Catholic Register, difundió hoy la traducción al inglés de la alocución del Purpurado, pronunciada originalmente en italiano.
El Cardenal africano denunció que ahora "nos encontramos entre la ideología de género e ISIS", y pidió a la Iglesia proclamar el "poder transformador de la fe y el Evangelio" con claridad y sin miedo en esta compleja coyuntura.

jueves, 8 de octubre de 2015

Aborto: Falacias y refutaciones a los argumentos de los "católicos" disidentes



¿Cuál es la verdadera doctrina de la Iglesia Católica?
Hay personas que se llaman "católicas" pero que no aceptan la doctrina de la Iglesia con respecto a la defensa de la vida humana ante el crimen del aborto e intentan confundir al pueblo católico sobre este importante tema. A continuación ofrecemos las principales falacias de estas personas y sus correspondientes refutaciones.


miércoles, 29 de agosto de 2012

►FAMILIA




http://www.youtube.com/watch?v=QZA8WigI20Y&feature=plcp

Familia: 
Los miembros que componen un hogar; un grupo de personas relacionadas entre sí a través del matrimonio o por consanguinidad y que, típicamente, incluye un padre, una madre y los hijos. La familia es una sociedad natural cuyo derecho a existir y a apoyarse mutuamente es de ley divina y no una concesión del estado. De acuerdo al Concilio Vaticano Segundo, "la familia es la fundación de la sociedad" (La Iglesia en el Mundo Moderno, II, 52). Además de la familia natural, la Iglesia también reconoce a la familia sobrenatural de la diócesis y de las comunidades religiosas, cuyos miembros deberán de cooperar para la edificación del Cuerpo de Cristo. (Decreto sobre la Oficina Pastoral de los Obispos, 34 y la Constitución Dogmática de la Iglesia, 43).

Matrimonio cristiano:
 "Matrimonio cristiano: Aquella unión de los cristianos, llamada por el Apóstol sacramento grande en Cristo y en la Iglesia, reclama también toda nuestra solicitud, por parte de todos, para impedir que, por ideas poco exactas, se diga o se intente algo contra la santidad, o contra la indisolubilidad del vínculo conyugal." -Papa Gregorio XVI el 15-08-1832, (Carta encíclica Mirari Vos # 8º).

lunes, 26 de marzo de 2012

►Apóstoles de la muerte

Muy recomendado!
Escrito por Germán Mazuelo para ConoZe.com
Espero, los artículos compartidos sirvan para comprender el sentido de la VIDA y a la hora de defenderla tengamos fuertes argumentos basados en la VERDAD.
Que tengas buen dia.




Mal que pese a muchos enemigos de la Iglesia católica y a no pocos detractores del magisterio pontificio, la condenación del aborto no es, como muchos atribuyen, un capricho de los Papas. Es una doctrina cierta, grave, invariable de toda la Iglesia de Cristo, desde que Él la fundó hace dos milenios.
El Beato Juan XXIII, el «Papa bueno», en su encíclica «Mater et magistra», daba este terrorífico diagnóstico: «La vida del hombre ha de considerarse por todos como algo sagrado, ya que desde su mismo origen exige la acción creadora de Dios. Por tanto, quien se aparte de lo establecido por Él, no sólo ofende a la majestad divina y se degrada a sí mismo y a la humanidad entera, sino que, además, debilita las energías íntimas de su propio país» (nº. 194).
El Concilio Vaticano II, en nombre de la Iglesia entera, calificó el aborto de «crimen abominable».Crimen, porque es un auténtico asesinato, a sangre fría, aunque sea invisible el inocente asesinado vilmente; y abominable porque se arrebata la vida a un incapaz de defenderla por su cuenta.
Hay quienes ingenuamente se extrañan de que Benedicto XVI al igual que sus predecesores condene el aborto y exija a los Estados defender la vida, como lo hizo en Barcelona en 2010: «La Iglesia se opone a todas las formas de negación de la vida humana y apoya cuanto promueva el orden natural en el ámbito de la institución familia… la vida humana en su gestación, en su alumbramiento, en su crecimiento y en su término natural», o en Austria «el derecho humano fundamental, el antecedente de cualquier otro derecho, es el derecho a la vida misma. Esto es verdad desde el momento de la concepción hasta la muerte natural».
Muchos han recibido con desagrado, la actuación del Papa, lo que manifiesta que nuestra sociedad perdió el sentido del crimen, lo que señala que ha perdido el sentido del pecado.
Lo más trágico es que también hay cristianos que han perdido el sentido del crimen, ya que les parece indiferente el aborto, y hasta lo defienden en casos especiales, como si el crimen fuera menos crimen en esos casos. Se va formando una opinión pública que resta al aborto su maldad y hasta se pide que los gobiernos lo permitan en algunas circunstancias. Ignoran que el aborto es una violación grave y vil del quinto mandamiento, tanto más despreciable en cuanto se verifica sobre una persona que tiene derecho a la vida, derecho concedido precisamente por los mismos que luego quieren arrebatárselo.
Manifiestan aquellos, que «el Papa sigue haciendo el ridículo». Sí que hace el ridículo ante los malos cristianos, ante los que desprecian abiertamente la ley de Cristo a quienes no dan la misma propiedad de la vida a los demás, de la misma forma como consideran la suya. Desde el momento en que un cristiano ve con indiferencia el aborto, está ya condenado por Cristo, quien afirma: «amarás a tu enemigo y rogarás por él»; si Jesús obliga a amar a un enemigo, ¿cómo va a perdonar que, con el aborto, se persiga y se aniquile a un amigo, al menos a un inocente?
Las declaraciones y actuaciones del Papa irritan a ciertos ambientes, muy particularmente a los lobbies que promueven y financian las esterilizaciones masivas, la contracepción, el aborto, que financian la distribución masiva de preservativos a niños y adolescentes, y que subvencionan leyes con el rótulo de «derechos sexuales y reproductivos», legislaciones que estos grupos de influencia cabildean e imponen a los estados. Como decía Andrea Tornielli, coautor del libro «Ataque a Ratzinger: «el poder secularizado teme al anuncio de una verdad irreducible, hay lobbies y grupos de poder a los que les molesta la moral cristiana y la enseñanza ética de la Iglesia. En ciertas situaciones la voz de la Iglesia permanece como el único baluarte de una conciencia no anestesiada… quieren hacer ver (al Papa) como un retrógrado conservador, anti liberal y anti democrático».
Ante la postura católica, la denominada «salud reproductiva» –falacia ante la que se camufla el aborto–l a tiene difícil. Esta ideología en los últimos tiempos ha sufrido connotados traspiés, aunque sigue ofreciendo sus gangas a los países subdesarrollados, o a los que están pasando dificultades económicas, por ejemplo en la Unión Europea, organización que le da al aborto el status de «derecho».
«Precisamente la familia merece una atención prioritaria –explanaba Benedicto XVI a los Nuncios Apostólicos en América Latina– pues muestra síntomas de debilitamiento bajo las presiones de lobbies capaces de influir negativamente en los procesos legislativos. Los divorcios y las uniones libres están aumentando, mientras que el adulterio se contempla con injustificable tolerancia. Es necesario reafirmar que el matrimonio y la familia tienen su fundamento en el núcleo más íntimo de la verdad sobre el hombre y sobre su destino; una comunidad digna del ser humano sólo se puede edificar sobre la roca del amor conyugal, fiel y estable, entre un hombre y una mujer» (17 de febrero de 2007).
Las organizaciones pro-aborto como Planned Parenthood o el Legal Momentum Fund financiadas por las chequeras de George Soros, Feeney Chuck, o de las multinacionales como Ford, Google, Microsoft o Goldman Sachs, JP Morgan, Pfizer, o de fundaciones como David y Lucile Packard, o Mc Arthur. La Federación Internacional de Planificación de la Familia (IPPF), la organización que más promueve el aborto en todo el mundo, ha recibido millones de dólares de fundaciones de Estados Unidos.
Como diría el Beato Juan Pablo Magno: «La confrontación histórica más grande que los siglos han conocido es la lucha entre la Iglesia y anti-iglesia, el Evangelio y el anti-evangelio».
Ante el Evangelio de la Vida,la anti-iglesia, promueve un anti-evangelio disfrazado de derecho. Los apóstoles de Cristo anuncian la cultura de la vida, los apóstoles de la muerte promueven la cultura de la muerte.

sábado, 28 de enero de 2012

►Que sea del conocimiento de todos


Tantas veces he oído decir...: -"A la iglesia no le importa nada", "La Iglesia no hace nada"... Vayamos tomando conocimiento de como la Iglesia ha actuado desde siempre respecto a la vida de todo ser humano y en todos los sentidos posibles y aún en los que parecen imposibles.





La Iglesia defiende a los niños ante la ONU
Cardenal ALFONSO LÓPEZ TRUJILLO
9 de mayo de 2002

Señor Presidente: 

La Santa Sede quiere ser siempre fiel al amor de especial predilección y ternura del Señor por los niños, en el reconocimiento y respeto pleno que les es debido. Son don maravilloso de Dios. 

A lo largo de los siglos han surgido en el seno de las comunidades cristianas incontables instituciones y obras en favor de la niñez, y han brindado, en las más diversas dimensiones, un servicio generoso: en la familia, en la educación, en la salud, con especial énfasis en los más pobres y necesitados. La lucha contra la pobreza, que flagela a la infancia cruelmente y cobra tantas víctimas, es una exigencia fundamental. 

Su Santidad Juan Pablo II ha escrito durante el Año Internacional de la Familia (1994) una significativa Carta a los Niños. Estos son fuente de alegría y esperanza para los padres y para la sociedad, y son amados por Dios en Jesús Niño, que se presenta en Belén como un recién nacido. 

En ella denuncia los sufrimientos, amenazas y atentados de que son víctimas los niños: "padecen hambre y miseria, mueren a causa de las enfermedades y la desnutrición, perecen víctimas de las guerras, son abandonados por sus padres y condenados a vivir sin hogar, privados del calor de una familia propia, soportan muchas formas de violencia y abuso por parte de los adultos" (Carta a los Niños). No se puede permanecer indiferentes, advierte el Papa, ante el sufrimiento de tantos niños. 

Además de las múltiples formas de violencia indicadas, hay otras que proliferan, con drásticos efectos, como es la polución moral del ambiente, que les impide respirar espiritualmente un oxígeno puro. Las familias y los Estados no pueden evadir las exigencias de una "ecología humana" (Centesimus annus, 30). Cuando los valores morales son impunemente conculcados, cuando la atmósfera es cargada artificiosamente de erotismo, y se vacía y se banaliza el significado de la sexualidad humana, e incluso se les induce a "estilos de vida", de comportamientos incalificables, en un clima de alarmante permisivismo, los riesgos de violencia crecen. Aunque con notable retraso, porque son ya muy numerosas las víctimas, muchos parece que comienzan a reaccionar y a revisar actitudes y a fortalecer las normas legales para evitar sus consecuencias devastadoras. 

En diversas ocasiones el Pontificio Consejo para la Familia ha celebrado congresos internacionales sobre la niñez: 

- La dignidad del niño y sus derechos (Roma, 18-20 de junio de 1992). 
- La explotación sexual del niño en la prostitución y la pornografía (Bangkok, 9-11 de septiembre de 1992). 
- La familia y el trabajo de los menores (Manila, 1-3 de julio de 1993). 
- Los niños de la calle (Río de Janeiro, 27-29 de julio de 1993). 
- La adopción internacional (Sevilla, 25-27 de febrero de 1994). 

Más recientemente, en ocasión del Gran Jubileo, llevamos a cabo un congreso mundial con el título: "Los niños, primavera de la familia y de la sociedad" (Roma, 11-13 de octubre de 2000), y, el 5 de junio del año pasado, aquí en las Naciones Unidas, se efectuó un simposio sobre "Los niños en los conflictos armados: responsabilidad de cada uno", organizado por la Misión Permanente de observación de la Santa Sede, en unión con la Oficina del representante del secretario general de las Naciones Unidas para los niños en situación de conflicto. Sería una información demasiado amplia la que requeriría recordar los congresos, encuentros y otras actividades llevadas a cabo por la Iglesia a lo largo y ancho del mundo. 

El reconocimiento pleno de la dignidad humana del niño, de todos los niños, imágenes de Dios, desde el momento de su concepción, parece que se ha perdido y tiene que ser renovado. La verdadera medida de grandeza de una sociedad es aquella con la que se reconoce y protege la dignidad y los derechos humanos, y asegura el bienestar de todos sus miembros, especialmente los niños. Una sociedad sana, de genuino rostro humano, es aquella en la cual los individuos reconocen a la familia como la célula básica de la sociedad y la más importante proveedora y educadora del niño, así como está proclamado en la Convención sobre los derechos del niño (de 1989). 

Es muy importante observar el criterio central, varias veces subrayado en la misma Convención, según el cual debe prevalecer "el bien superior del niño". Este criterio iluminador no debe ser sofocado o burlado por leyes injustas. "El bien superior del niño" es un precioso criterio que hunde sus raíces en su dignidad personal: el niño es fin, no instrumento, medio, objeto (cf. Gaudium et spes, 24); es sujeto de derechos, comenzando por el derecho fundamental a la vida, desde su concepción, que nada ni nadie puede negar, así como lo afirma el párrafo 9 del preámbulo de la Convención. 

El proceso del desarrollo humano en todos sus aspectos, físico, emocional, espiritual, intelectual y social, es el resultado de una sinergia entre la familia y la sociedad. Sólo por medio de una colaboración eficaz el niño podrá ser protegido de toda injuria, abuso y opresión, y ser capacitado para compartir y contribuir al bien común de la humanidad. Lograr este desarrollo es una gran empresa, siempre en construcción, que a la vez pone de manifiesto el genuino espíritu y el estado de salud de las sociedades y aportará remedios oportunos contra las injurias y las necesidades. 

"El bien superior del niño" exige su adecuada relación con la familia, fundada sobre el matrimonio, cuna y santuario de la vida, lugar del crecimiento personal, de afectos, de solidaridad, lugar del derecho y de la transmisión intergeneracional de la cultura. Al servicio del niño la comunidad internacional debe "defender el valor de la familia y el respeto a la vida humana, desde el momento de la concepción. Se trata de valores que pertenecen a la "gramática" fundamental del diálogo y de la convivencia humana entre los pueblos" (Discurso de Juan Pablo II en el Jubileo de las Familias, 14 de octubre de 2000). 

La Santa Sede, por tanto, mantiene que deben ser articulados los derechos del niño con los derechos de la familia. Como institución fundamental para la vida de toda sociedad, la familia, fundada sobre el matrimonio, ha de ser entendida como pacto por el cual "el hombre y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole" (Juan Pablo II, Carta a las Familias Gratissimam sane, 1994, n. 17; cf. Código de Derecho Canónico, can. 1055; Santa Sede, Carta de los Derechos de la Familia, 1983, art. 1-3; Declaración universal de los Derechos Humanos, art. 16). 

El niño, todos los niños, en cualesquiera situación o circunstancia, han de ser amados, acogidos, protegidos y educados, con especial dedicación y ternura, incluso mayor cuando más duras y pesadas sean sus limitaciones y dificultades. 

Debe hacerse todo lo posible porque sean concebidos, nazcan, crezcan y sean formados en una familia, capaz de brindar, de forma positiva y permanente, protección y ejemplo como elementos irreemplazables de su educación. 

El niño ha de ser considerado como miembro de la familia, de tal manera que los progenitores, abiertos al don de la vida, con una bien concebida paternidad y maternidad responsables, cumplan con sus deberes irrenunciables y sean ayudados por la sociedad, y no obstaculizados en su misión (cf. Carta de los Derechos de la Familia, art. 1b, 3c). 

Sólo cuando falta la familia, la sociedad y el Estado han de brindar lo que al niño le es necesario, ojalá en un ambiente que ofrezca la calidad como de una familia, por su acogida, dedicación, respeto y ternura. "Todos los niños, nacidos dentro o fuera del matrimonio, gozan del mismo derecho a la protección social para su desarrollo personal e integral" (Carta de los Derechos de la Familia, art. 4e). 

Señor Presidente: 

Mi Delegación sostiene que ha de obtenerse una legislación de protección de la niñez que preserve a los niños de todas las formas de explotación y abuso, como por ejemplo el incesto y la pedofilia, ya sea en el trabajo, en la esclavitud, en los delitos abominables de la prostitución y la pornografía, en los secuestros o su utilización como soldados o guerrilleros, ya sea como víctimas de conflictos armados o de las sanciones internacionales o unilaterales impuestas a algunos países; plagas todas ellas que afrentan y escandalizan a la humanidad. Estas variadas formas de violencia no deben quedar impunes. 

Es preciso vigilar cuidadosamente para que las adopciones, nacionales o internacionales, cuando sean realmente aconsejables, observado el principio del "bien superior del niño", sean hechas por matrimonio que ofrezcan verdaderas garantías por su estabilidad, solvencia moral, capacidad de acompañamiento y ejemplaridad, de tal forma que los niños puedan ser adecuadamente educados, no entorpecidos, cuando no destruidos, en su misma personalidad. Forma parte del interés del niño para su desarrollo integral y armónico que, como la misma ciencia lo enseña, tengan un padre y una madre. 

Señor Presidente: 

Mi Delegación está convencida de que no se reconoce el bien superior del niño cuando, condicionados por el mito de la sobrepoblación - mito que los datos y tendencias demográficas recientemente reconocidos muestran como infundado - se imponen políticas de población contra los derechos de la familia y de los niños. Debe ser reconocido, en primer lugar, el derecho fundamental a la vida. 

Los niños constituyen una riqueza y una esperanza para la familia humana. Por eso la Delegación de la Santa Sede hace votos para que esta sesión especial de la Asamblea general de las Naciones Unidas tenga muchos y valiosos frutos para asegurar que los niños de todo el mundo sean "primavera de la familia y de la sociedad".

jueves, 26 de enero de 2012

►Aborto en el Catecismo de la Iglesia






Aborto en el Catecismo de la Iglesia

2270 La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida.

Antes de haberte formado yo en el seno materno, te conocía, y antes que nacieses te tenía consagrado (Jr 1, 5). Y mis huesos no se te ocultaban, cuando era yo hecho en lo secreto, tejido en las honduras de la tierra (Sal 139, 15).

2271 Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral.  No matarás el embrión mediante el aborto, no darás muerte al recién nacido. Dios, Señor de la vida, ha confiado a los hombres la excelsa misión de conservar la vida, misión que deben cumplir de modo digno del hombre. Por consiguiente, se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes abominables.

2272 La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. "Quien procura el aborto, si éste se  produce, incurre en excomunión latae sententiae", es decir, "de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito", en las condiciones previstas por el Derecho. Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad.

2273 El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación:  "Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona en virtud del acto creador que la ha originado. Entre esos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte". "Cuando una ley positiva priva a una categoría de seres humanos de la protección que el ordenamiento civil les debe, el Estado niega la igualdad de todos ante la ley. Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho... El respeto y la protección que se han de garantizar, desde su misma concepción, a quien debe nacer, exige que la ley prevea sanciones penales apropiadas para toda deliberada violación de sus derechos". 

El embrión

2274 Puesto que debe ser tratado como una persona desde la concepción, el embrión deberá ser defendido en su integridad, cuidado y atendido médicamente en la medida de lo posible, como todo otro ser humano. El diagnóstico prenatal es moralmente lícito, "si respeta la vida e integridad del embrión y del feto humano, y si se orienta hacia su protección o hacia su curación... Pero se opondrá gravemente a la ley moral cuando contempla la posibilidad, en dependencia de sus resultados, de provocar un aborto: un diagnóstico que atestigua la existencia de una malformación o de una enfermedad hereditaria no debe equivaler a una sentencia de muerte".

2275 Se deben considerar "lícitas las intervenciones sobre el embrión humano, siempre que respeten la vida y la integridad del embrión, que no lo expongan a riesgos desproporcionados, que tengan como fin su curación, la mejora de sus condiciones de salud o su supervivencia individual".  "Es inmoral producir embriones humanos destinados a ser explotados como `material biológico' disponible". "Algunos intentos de intervenir en el patrimonio cromosómico y genético no son terapéuticos, sino que miran a la producción de seres humanos seleccionados en cuanto al sexo u otras cualidades prefijadas. Estas manipulaciones son contrarias a la dignidad personal del ser humano, a su integridad y a su identidad".

Aborto en la legislación canóniga (Canon #1398) decreta que la realización de un aborto o la ayuda prestada para realizarlo, constituye una de las 7 ofensas explícitamente castigadas con la excomunión según el Derecho Canónico; conlleva un castigo automático de excomunión (Latae Sententiae), y no necesita ninguna declaración oficial de la Iglesia para llevarlo a cabo. Sólo el obispo o su delegado pueden quitar el castigo de la excomunión. Los católicos que buscan librarse del castigo de excomunión, deben acudir a su confesor local. 
La excomunión afecta a todos aquellos que cometen este crimen conociendo el castigo que conlleva y por lo tanto, incluye a los cómplices sin cuya ayuda no habría podido ser cometido el crimen (Canon 1329).

Con esta sanción, la Iglesia deja claro que el aborto es un crimen muy grave y peligroso, e incentiva a los que lo cometen a buscar sin tardanza, el camino de la conversión. En la Iglesia, el propósito de la excomunión es concienciar plenamente a una persona de la gravedad de un pecado particular y de promover una auténtica conversión y arrepentimiento (Cf EV 62B). La Iglesia siempre busca a quienes se han apartado del redil para ofrecerles la medicina del perdón. Pero para ello es necesario ayudarles a ver la verdad sobre el pecado y las consecuencias. No se puede sanar una enfermedad que no se reconoce.

El Magisterio de la Iglesia Católica ante el problema del aborto
José María López Ríocerezo, Doctor en Derecho

Repitiendo la unánime y universal enseñanza de la Iglesia, la revelación, la recta razón, el derecho y la ciencia moderna están taxativamente de acuerdo en sostener que "el fruto de la concepción es ya una vida humana", que reivindica, como cualquier otro ser humano, aunque sea en desarrollo, su derecho a la existencia. El negárselo lleva consigo la supresión de un ser inocente. 

"Cuanto atenta contra la vida, dice el Concilio Vaticano II - homicidios de cualquier clase, genocidios, abortos, eutanasia y el mismo suicidio deliberado..., todas estas prácticas y otras parecidas son en sí mismas infamantes, degradan la civilización humana, deshonran más a sus autores que a sus víctimas y son totalmente contrarias al honor debido al Creador." (Gaudium et spes, número 27.) 
Esto, en moral, se califica como pecado grave, objetivamente tal. Es un desorden que ofende a Dios, autor de la vida; al ser humano, a quien se priva del derecho a existir, a la comunidad humana y eclesial, a las que el ser humano está destinado a agregarse. La gravedad de este pecado queda subrayada por la Iglesia con una pena especial: la excomunión [automática], como está prevista en la legislación canónica vigente (cf CIC can. 1398), sin otra formalidad que las previstas por dicha legislación: que se procure voluntariamente el aborto y que se tenga conocimiento de su penalización. El fiel que se mancha con el "abominable crimen del aborto" (cf. Gaudium et spes, número 51), se excluye automáticamente él mismo de la comunión con la Iglesia y queda privado de los Sacramentos. 

La Santa Sede ha condenado siempre el aborto (cf. S. Oficio 1889 y 1895). Pío XII, en el discurso a las ostétricas, el 29 de octubre de 1951, declaraba: "Ningún hombre, ninguna autoridad humana, ninguna ciencia, ninguna indicación médica, eugenésica, social, económica, o moral puede exhibir u otorgar título jurídico válido para disponer directa y deliberadamente de una vida humana inocente." 

Pablo VI, en la Humanae vitae y en la carta al cardenal Villot del 3 de octubre de 1971, afirmaba: "La vida no pertenece al hombre. Le sobrepasa porque ha sido recibida de Dios. Es sagrada. Ningún hombre puede disponer de ella a su antojo." 

"Corresponde a la conciencia de los seglares, convenientemente formada, procurar incansablemente con todos los medios legítimos y oportunos, que la ley divina quede grabada en la sociedad terrena" (Gaudium et spes, número 43; Lumen gentium, número 36; Apostolicam actuositatem, número 11; Mensaje de la XV Asamblea General de la C.E.I., 30 de mayo de 1978, número 3; las declaraciones de las Conferencias Episcopales de todos los países y hasta las reiteradas afirmaciones que el Papa Juan Pablo II hizo en la ciudad italiana de L'Aquila el sábado 30 de agosto de 1980, que tuvieron gran resonancia en todo el mundo por su categórica y dramática llamada del Pontífice contra el aborto, que impresionaron y ocuparon las primeras páginas de la prensa mundial). 
Sobre el particular añadía el Santo Padre: "Me llegan noticias terribles sobre lo que está ocurriendo en este campo. Yo, como Vicario de aquel que es la vida del mundo, alzo mi humilde voz de defensa de los que no han nacido, ni han tenido, ni tendrán nunca voz: ¡No se puede suprimir la vida en el seno de la madre!" El Papa dijo también: "A vosotros, laicos católicos, os recuerdo la invitación de vuestros obispos a trabajar por cambiar las leyes actuales sobre el aborto, moralmente inaceptables, por normas que sean respetuosas con el derecho a la vida." 

Todos estos textos recuerdan la posición de la Iglesia, que no ha variado nunca. La Iglesia Católica ha considerado siempre que el niño en el seno de la madre es mucho más que una obra de Dios; es una imagen suya que se está haciendo y preparándose para aparecer. Así lo recuerda la Epístola de San Bernabé en el siglo II de nuestra era. 

El Magisterio ha variado en la calificación que daba al aborto, pero no en su condenación. Si en el Renacimiento algunos teólogos intentaron justificar las prácticas abortivas sosteniendo que el feto no adquiría la vida humana hasta su nacimiento, tal proposición fue condenada por el Papa Inocencio XI y por San Alfonso María de Ligorio. 

Decía Donoso Cortés que las justas batallas han de reñirse aún cuando no tengamos seguridad del éxito, pues de lo que Dios nos pedirá cuenta no es de haber conseguido o no la victoria, sino del esfuerzo o lucha por conseguirla. Y, morir por una causa justa, es siempre un bello morir. Si, como decía Horacio, es dulce y glorioso morir por la Patria, qué no será morir por Dios y por sus ideales y principios básicos. 

Fuente: Artículo publicado en Ya (España), el 27 de abril de 1982.

Citas del Magisterio de la Iglesia sobre el aborto procurado

"Con la fecundación ha comenzado la aventura de una nueva vida humana, cada una de cuyas grandes capacidades exige tiempo, un largo tiempo, para ponerse a punto y estar en condiciones de actuar. Lo menos que se puede decir es que la ciencia actual, en su estado más evolucionado, no da ningún apoyo sustancial a los defensores del aborto. Por lo demás no es incumbencia de las ciencias biológicas dar un juicio decisivo acerca de cuestiones propiamente filosóficas y morales, como son la del momento en que se constituye la persona humana y la legitimidad del aborto. Ahora bien, desde el punto de vista moral, esto es cierto: aunque hubiese duda sobre la cuestión de si el fruto de la concepción es ya una persona humana, es objetivamente un pecado grave el atreverse a afrontar el riesgo de un homicidio" (Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración De aborto procurato, 18 de noviembre de 1974, número 13). 

"Ciertamente ningún dato experimental es por sí suficiente para reconocer un alma espiritual; sin embargo, los conocimientos científicos sobre el embrión humano ofrecen una indicación preciosa para discernir racionalmente una presencia personal desde este primer surgir de la vida humana: ¿cómo un individuo humano podría no ser persona humana? El Magisterio no se ha comprometido expresamente con una afirmación de naturaleza filosófica, pero repite de modo constante la condena moral de cualquier tipo de aborto procurado. Esta enseñanza permanece inmutada y es inmutable" (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae sobre el respeto por la vida humana naciente y la dignidad de la procreación, 22 de febrero de 1987, Parte I, número 1; cf Pablo VI, Discurso a las participantes al XXIII Congreso Nacional de los Juristas Católicos Italianos, 9 de diciembre de 1972). 

"El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción y, por eso, a partir de ese mismo momento se le deden reconocer los derechos de la persona, principalmente el derecho inviolable de todo ser humano inocente a la vida" (Ibid; Catecismo de la Iglesia Católica, 11 de octubre de 1992, número 2270). 

"...el absoluto carácter inviolable de la vida humana inocente es una verdad moral explícitamente enseñada en la Sagrada Escritura, mantenida constantemente en la Tradición de la Iglesia y propuesta de forma unánime por su Magisterio" (Juan Pablo II, Carta encíclica Evangelium vitae, 25 de marzo de 1995, número 57). 

"Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral" (Catecismo de la Iglesia Católica, 2271). 

"Por tanto con la autoridad conferida por Cristo a Pedro y a sus Sucesores, en comunión con los Obispos de la Iglesia Católica, confirmo que la eliminación directa y voluntaria de un ser humano inocente es siempre gravemente inmoral" (Evangelium vitae, 57). 

"Ante la norma moral que prohíbe la eliminación directa de un ser humano inocente `no hay privilegios ni excepciones para nadie'" (Ibid; Juan Pablo II, Carta encíclica Veritatis esplendor, 6 de agosto de 1993, número 96). 

"La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. `Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae' (CIC can. 1398), es decir, `de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito' (cf CIC can. 1314), en las condiciones previstas por el Derecho (cf CIC can. 1323-1324). Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad" (Catecismo de la Iglesia Católica, 2272). 

"El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación" (Ibid, 2273). 

"...los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona en virtud del acto creador que la ha originado. Entre esos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito: el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte" (Donum vitae, Parte III; cf Catecismo de la Iglesia Católica, 2273). 

"...debe quedar bien claro que un cristiano no puede jamás conformarse a una ley inmoral en sí misma; tal es el caso de la ley que admitiera en principio la licitud del aborto. Un cristiano no puede ni participar en una campaña de opinión en favor de semejante ley, ni darle su voto, ni colaborar en su aplicación" (De aborto procurato, 22).

"Lo que por el contrario incumbe a la ley es procurar una reforma de la sociedad, de las condiciones de vida en todos los ambientes, comenzando por los menos favorecidos, para que siempre y en todas partes sea posible una acogida digna del hombre a toda criatura humana que viene a este mundo. Ayuda a las familias y a las madres solteras, ayuda asegurada a los niños, estatuto para los hijos naturales y organización razonable de la adopción: toda una política positiva que hay que promover para que haya siempre una alternativa concretamente posible y honrosa para el aborto" (Ibid, 23). 

Ampliada la definición del aborto
A la luz de los nuevos fármacos y procedimientos quirúrgicos con respecto al aborto, de lo que sabemos acerca de la concepción y de las enseñanzas de la Iglesia Católica en lo referente a la santidad de la vida humana, surgió la pregunta de si "la definición legal que utiliza la Iglesia es algo más amplio que lo que hasta ahora se entendía por aborto", dijo el Padre dominico Joseph Fox, miembro de la Comisión Pontificia para la Interpretación Auténtica del nuevo Código de Derecho Canónico. 

La comisión dijo que constituye un aborto cualquier método utilizado para ponerle fin a una vida humana desde el momento de su concepción hasta el nacimiento y por lo tanto, materia de excomunión. 

El Padre Fox opina que la nueva interpretación abarca todo tipo de sustancia abortiva, inclusive los dispositivos intrauterinos y cierto tipo de píldoras para el control de la natalidad. (Nota del editor: en realidad la mayoría de las píldoras anticonceptivas -- si no todas --, presentes en el mercado hoy, pueden causar abortos, parte del tiempo, en las primeras etapas del embarazo.
La comisión dio a conocer su decisión al Vaticano el el 24 de noviembre de 1988. La medida aclara el cánon 1398, que dice: "quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión." 

La declaración del 24 de noviembre dice que el aborto no es sólo "la expulsión del feto inmaduro", sino "la muerte del mismo feto, de alguna forma y en algún momento, desde su concepción". 

El Padre Fox explicó que la idea tradicional del aborto era la expulsión del feto vivo pero incapaz de vivir fuera del útero. "Las tecnologías recientes han oscurecido esta idea tradicional", señaló. 

En la nueva definición de métodos abortivos se incluyen el dispositivo intrauterino, que impide la implantación de un óvulo fertilizado; las píldoras de control de la natalidad que también impiden la implantación del óvulo o estimulan las contracciones uterinas para rechazarlo. 
Sin embargo, para hacer efectivo el delito de excomunión, debe existir el conocimiento del embarazo y que la persona procure el aborto deliberadamente, señaló el Padre Fox, y reconoció que en el caso del dispositivo intrauterino u otro tipo de método abortivo, podría desconocerse si ha ocurrido un aborto. 

Fuente: La Voz Católica (Miami), 2 de diciembre de 1988.

Para profundizar les remito a este otro post

martes, 1 de noviembre de 2011

►Reflexión especial para mujeres que han recurrido al aborto





La Iglesia sabe cuántos condicionamientos pueden haber influido en vuestra decisión, y no duda de que en muchos casos se ha tratado de una decisión dolorosa e incluso dramática.

Probablemente la herida aún no ha cicatrizado en vuestro interior. Es verdad que lo sucedido fue y sigue siendo profundamente injusto. Sin embargo, no os dejéis vencer por el desánimo y no abandonéis la esperanza. Antes bien, comprended lo ocurrido e interpretadlo en su verdad.

Si aún no lo habéis hecho, abríos con humildad y confianza al arrepentimiento: el Padre de toda misericordia os espera para ofreceros su perdón y su paz en el sacramento de la Reconciliación. Os daréis cuenta de que nada está perdido y podréis pedir perdón también a vuestro hijo que ahora vive en el Señor.

Ayudadas por el consejo y la cercanía de personas amigas y competentes, podréis estar con vuestro doloroso testimonio entre los defensores más elocuentes del derecho de todos a la vida. Por medio de vuestro compromiso por la vida, coronado eventualmente con el nacimiento de nuevas criaturas y expresado con la acogida y la atención hacia quien está más necesitado de cercanía, seréis artífices de un nuevo modo de mirar la vida humana.



Papa Juan Pablo II El Evangelio de la Vida, 99 (1995)





domingo, 23 de octubre de 2011

►El sacramento del Matrimonio en el Catecismo de la Iglesia Católica


1659 S. Pablo dice: "Maridos, amad a vuestras mujeres como Cristo amó a la Iglesia...Gran misterio es éste, lo digo con respecto a Cristo y la Iglesia" (Ef 5,25.32).


1660 La alianza matrimonial, por la que un hombre y una mujer constituyen una íntima comunidad de vida y de amor, fue fundada y dotada de sus leyes propias por el Creador. Por su naturaleza está ordenada al bien de los cónyuges así como a la generación y educación de los hijos. Entre bautizados, el matrimonio ha sido elevado por Cristo Señor a la dignidad de sacramento (cf. GS 48,1; CIC, can. 1055,1).

1661 El sacramento del matrimonio significa la unión de Cristo con la Iglesia. Da a los esposos la gracia de amarse con el amor con que Cristo amó a su Iglesia; la gracia del sacramento perfecciona así el amor humano de los esposos, reafirma su unidad indisoluble y los santifica en el camino de la vida eterna (cf. Cc. de Trento: DS 1799).

1662 El matrimonio se funda en el consentimiento de los contrayentes, es decir, en la voluntad de darse mutua y definitivamente con el fin de vivir una alianza de amor fiel y fecundo.

1663 Dado que el matrimonio establece a los cónyuges en un estado público de vida en la Iglesia, la celebración del mismo se hace ordinariamente de modo público, en el marco de una celebración litúrgica, ante el sacerdote (o el testigo cualificado de la Iglesia), los testigos y la asamblea de los fieles.

1664 La unidad, la indisolubilidad, y la apertura a la fecundidad son esenciales al matrimonio. La poligamia es incompatible con la unidad del matrimonio; el divorcio separa lo que Dios ha unido; el rechazo de la fecundidad priva la vida conyugal de su "don más excelente", el hijo (GS 50,1).

1665 Contraer un nuevo matrimonio por parte de los divorciados mientras viven sus cónyuges legítimos contradice el plan y la ley de Dios enseñados por Cristo. Los que viven en esta situación no están separados de la Iglesia pero no pueden acceder a la comunión eucarística. Pueden vivir su vida cristiana sobre todo educando a sus hijos en la fe.

1666 El hogar cristiano es el lugar en que los hijos reciben el primer anuncio de la fe. Por eso la casa familiar es llamada justamente "Iglesia doméstica", comunidad de gracia y de oración, escuela de virtudes humanas y de caridad cristiana.


martes, 18 de octubre de 2011

LA ENSEÑANZA DE LA IGLESIA CATÓLICA SOBRE LA ANTICONCEPCIÓN, EL CONTROL DE LA NATALIDAD Y EL ABORTO


José Albino Murri
Presidente de la Unión de Ent

Ante los numerosos interrogantes formulados por amigos lectores referentes a las confusiones y errores doctrinarios a que induce la prédica del movimiento "Católicas por el Derecho a Decidir", y en todo sujetos al Magisterio de la Santa Iglesia Católica, hemos elaborado el siguiente resumen. El mismo se refiere a la moralidad de los métodos anticonceptivos y de control de la natalidad y el aborto. Con ello no pretendemos convalidar la prédica de este movimiento en otros temas, tarea por demás imposible, ni justificar su apelativo de "católicas", porque, simplemente, no lo son. Tampoco pretendemos agotar el tema. Ante cualquier duda, recomendamos recurrir directamente a las fuentes. Respecto a la licitud o ilicitud moral del uso de contraceptivos, y si existen o no excepciones al respecto, recordemos la voz autorizada del Magisterio de la Iglesia, que maternalmente pero con firmeza nos enseña:
EN MORAL CONYUGAL, LA MALICIA INTRÍNSECA DE LA ANTICONCEPCIÓN:

S.S.Pablo VI, y luego el Catecismo de la Iglesia Católica, denuncian que es intrínsecamente mala "toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga como fin o como medio, hacer imposible la procreación" (Pablo VI, Enc. Humanae Vitae -25-7-68, Nº. 12; ver tb. Catecismo... Nº. 2370). "La Iglesia siempre ha enseñado la intrínseca malicia de la contracepción, es decir de todo acto conyugal hecho intencionalmente infecundo. Esta enseñanza debe considerarse como doctrina definitiva e irreformable..." (Vademecum para los confesores... -12-2-97-;2,3).

EFECTO ABORTIVO DE LOS "ANTICONCEPTIVOS"

"Lamentablemente, la estrecha conexión que, como mentalidad, existe entre la práctica de la anticoncepción y la del aborto se manifiesta cada vez más y lo demuestra de modo alarmante también la preparación de productos químicos, dispositivos intrauterinos y "vacunas" que, distribuidos con la misma facilidad que los anticonceptivos, actúan en realidad como abortivos en las primerísimas fases de desarrollo de la vida del nuevo ser humano" (Juan Pablo II, Enc. Evangelium Vitae -25-3-95-, Nº. 13). Tal es el caso del DIU y de las píldoras post coitales, propuestos como de uso corriente en los diversos "Programas de Salud Reproductiva" y cuyos efectos abortivos son soslayados con explicaciones y argumentos engañosos para la gente, que se ve sorprendida en su buena fe.

SENTENCIA SOBRE EL ABORTO

Bien nos recuerda la Santa Madre Iglesia que, "Quién procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae" (Código de Derecho Canónico, Nº. 1398). Es decir, "de modo que incurre ipso facto en ella quién comete el delito" (C.D.C. Nº. 1314; ver tb. Catecismo de la Iglesia Católica, Nº. 2270 y ss.). No importa, aquí, el método empleado para ello, ni el tiempo de gestación transcurrido.

INMUTABILIDAD DE LA MORAL OBJETIVA

"El carácter moral de la conducta , cuando se trata de conciliar el amor conyugal con la transmisión responsable de la vida, no depende sólo de la sincera intención y la apreciación de los motivos, sino que debe determinarse a partir de criterios objetivos, tomados de la naturaleza de la persona y de sus actos;..." (Catecismo de la Iglesia Católica Nº 2368; v.tb. C.V. II, Gaudium et spes 51,3). "Por ello la llamada o camino gradual no puede identificarse con la , como si hubiera varios grados o formas de precepto en la ley divina para diversos hombres y situaciones" (nota marginal Nº 43; tomado de J.P. II, Exhort. Apost. Familiaris Consortio, Nº 34; v tb. Vademecum...; Nº 3,9). "Tampoco se pueden invocar como razones válidas para justificar los actos conyugales intencionalmente infecundos, el mal menor o el hecho de que tales actos constituirían un todo con los actos fecundos anteriores o que seguirán después, y que por tanto compartirían la única e idéntica bondad moral. En verdad, si es lícito alguna vez tolerar un mal menor a fin de evitar un mal mayor o de promover un bien más grande, no es lícito ni aun por razones gravísimas hacer el mal para conseguir el bien,.." (Pablo VI; Humanae Vitae 14; Vademecum..; nota marginal Nº 33). Aún el caso de violación, presentado muchas veces, en forma incidiosa como excepción para la licitud moral del uso de anticonceptivos, es igualmente inaceptable, y ello por múltiples motivos, como se desprende de las palabras del Magisterio: En primer lugar, porque un acto aberrante (la violación) nunca puede justificar el cometer otro acto aberrante (el uso de anticonceptivos); en segundo lugar, porque el hecho punible es la violación, no el embarazo. Permitiendo el uso de anticonceptivos estamos apañando la conducta del violador; en tercer lugar, tal como se esclareció al principio, porque los anticonceptivos, en realidad actúan también y principalmente como abortivos (caso del DIU, hormonales como la píldora, etc.). Es decir, para combatir la violación se permitiría la muerte de un inocente indefenso. Ante la posibilidad de enfrentarse al crimen de un aborto, sin dudas Dios lo que le exigirá a la mujer, víctima de tremendo ultraje, es enfrentar con heroísmo la maternidad. La integridad espiritual no se pierde con la violación, pero sí con el infanticidio.

RADICAL DIFERENCIA ENTRE PLANIFICACIÓN NATURAL Y ANTICONCEPCIÓN:

"En cambio es profundamente diferente de toda práctica contraceptiva, tanto desde el punto de vista antropológico como moral, porque ahonda sus raíces en una concepción distinta de la persona y de la sexualidad, el comportamiento de los cónyuges que, siempre fundamentalmente abiertos al don de la vida, viven su intimidad sólo en los períodos infecundos, debido a serios motivos de paternidad y maternidad responsables" (Vademecum... 2,6). De donde se advierte claramente que, en caso que se pretendiera utilizar la técnica de un método natural con fines meramente anticonceptivos, esta práctica sería igualmente ilícita en el orden moral.

ORIENTACIONES PASTORALES DE LOS CONFESORES (del Vademecum..., cap. 3)

"Cuando es el penitente quién formula preguntas o solicita -también en modo implícito- aclaraciones sobre puntos concretos, el confesor deberá responder adecuadamente, pero siempre con prudencia y discreción, sin aprobar opiniones erróneas" (3,4 cfr. tb. Código de Derecho Canónico; Canon 979). "Resulta por tanto inaceptable el intento -que en realidad es un pretexto- de hacer de la propia debilidad el criterio de la verdad moral..." (3,10).

EL CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO

El código de Derecho Canónico, recientemente modificado por Juan Pablo II en su motu proprio "Ad tuendam Fidem" (18-5-98), sentencia: "Asimismo se han de aceptar y retener firmemente todas y cada una de las cosas sobre la doctrina de la fe y las costumbres propuestas de modo definitivo por el magisterio de la Iglesia, a saber, aquellas que son necesarias para custodiar santamente y exponer fielmente el mismo depósito de la fe; se opone por tanto a la doctrina de la Iglesia Católica quien rechaza dichas proposiciones que deben retenerse en modo definitivo (canon 750,2)". Y agrega: "Debe ser castigado con una pena justa: quien, de otro modo, desobedece a la Sede Apostólica, al Ordinario o al Superior cuando mandan o prohíben algo legítimamente, y persiste en su desobediencia después de haber sido amonestado (canon 1371,2)".

ACLARACIONES NECESARIAS

a) PILDORAS ANTICONCEPTIVAS: Al hablar de las píldoras anticonceptivas, no puede ignorarse que las mayorías de los así llamados anticonceptivos hormonales, en realidad provocan un triple efecto:

A- Abortivo: porque su carga hormonal altera las paredes del endometrio, imposibilitando así la implantación del óvulo fecundado;

B- Anticonceptivo: porque torna la mucosidad vaginal densa e impenetrable para el espermatozoide (efecto espermicida);

C- Anovulatorio: porque inhibe la normal maduración del óvulo, con lo cual impide la ovulación. 
John Wyeth Laboratorios SA, en su trabajo "Minulet: Gestodeno y Etinilestradiol" (sin fecha de impresión), promocionando este anticonceptivo monofásico, en la pág. 15, hablando de las propiedades del Gestodeno, dice: "Produce el efecto antigonadotrófico deseado por medio de su acción sobre el eje hipotálamo-hipófiso-ovárico".

La filial argentina del Laboratorio Alemán Schering, así explica la acción del Gynovin (grageas de Gestodeno-Etinilestradiol): "Siguiendo instrucciones se impide en general que un óvulo fecundable llegue a madurar (efecto anovulatorio). Además la viscosidad del moco cervical se mantiene elevada (efecto anticonceptivo). Adicionalmente se evita que en el útero tengan lugar las modificaciones necesarias para la anidación del huevo (efecto abortivo). Ofrece así, de manera múltiple, protección contra el embarazo" (Guía de Especialidades Médicas, de J.J. Vallori. Vademecum de Bolsillo editado por V.D.R. SRL; 24º edición, 1.993; pág. 451.; entre paréntesis nuestro para mejor aclaración de conceptos).

En la misma obra encontramos una amplia gama de Laboratorios que ofrecen productos con efectos similares al Gynovin y al Minulet. Tampoco son inestimables los efectos colaterales y trastornos que causan a las usuarias. Los mismos son de tal magnitud que, provocaron la quiebra de muchos laboratorios de los E.U.A. merced a las demandas en su contra, a fines de la década del 60 y comienzos de los 70. Fue así que los mismos que 10 años antes veían llenar sus arcas haciendo la apología de la píldora, se volcaron a la propaganda del preservativo, verdadera "Ruleta rusa" como lo titula la revista especializada "Protección Mundial", Año VIII, Nº. 36, de enero de 1.995.

El mismo "Documento Normativo" de la Ley mendocina de "Salud Reproductiva", desarrolla una extensa lista de "Signos de alarma", "contraindicaciones" y "precauciones" a tener en cuenta para las usuarias de los anticonceptivos hormonales, que se extiende desde la foja 57 hasta la 60. Así, por ejemplo, entre otros se mencionan: tromboflebitis, embolia pulmonar, hipertensión arterial, obesidad, depresión, pérdidas intermenstruales, várices, insuficiencia hepática, diabetes, epilepsia, migrañas, la necesidad, en caso de intervención quirúrgica, de suspender su ingesta con 3 meses de antelación; explícitamente contraindicado para fumadoras, etc.

Más aún, la O.M.S., ha publicado en la revista The Lancet (16/12/95) los resultados de un estudio epidemiológico que relaciona el uso de anticonceptivos orales de tercera generación (la minipíldora) y el riesgo de trombosis venosa. El estudio indica, a los efectos comparativos, que en
Gran Bretaña se ha calculado que entre mujeres en edad de procrear que no toman anticonceptivos puede haber de tres a cuatro casos de trombosis venosa por cada 100.000 mujeres en un año. Entre las mujeres que utilizan píldoras clásicas o de segunda generación, el riesgo es de unos 10 casos. Mientras que podrían producirse 20 casos entre las usuarias de píldoras a base de desogestrel y gestodeno (de tercera generación). Es decir, 7 veces más que las que no utilizan píldoras. Los artículos ahora publicados dan cuenta de un vasto estudio encargado por la O.M.S. y coordinado por el Departamento de Epidemiología y de Salud Pública de la London Medical School. El estudio se realizó en 21 centros hospitalarios de 17 países de África, Asia, Europa y Latinoamérica. Los resultados son apoyados por otros estudios independientes que publica el mismo número de The Lancet. "Es, pues, poco verosímil que se deban al azar o a un error sistemático", dice el Dr. Olav Meirik, del programa de Investigación en Reproducción Humana de la O.M.S.. A tanto ha llegado la preocupación, que Gran Bretaña y Alemania en su momento prohibieron de modo preventivo la venta de varias marcas (Semanario ASD Prensa, año XII, edición 445; marzo 1.996). Asimismo, está en estudio la hipótesis de que el consumo prolongado por varios años de anticonceptivos orales, provoquen un daño irreparable en la fertilidad de la mujer. Este daño, podría incluso alterar el patrimonio genético por lo cual nacerían mujeres estériles. Esta parece ser la explicación en torno a la bajísima natalidad que tienen los países europeos y que ha llevado a montar una vasta y macabra red de tráfico de bebés, provenientes, sobre todo, de Latinoamérica.

b) EL PRESERVATIVO: El artículo citado en la revista "Protección Mundial", Año VIII, Nro. 36, de enero de 1.995, menciona los resultados extraídos de numerosas investigaciones y estadísticas que demuestran que al menos en el 30 % de las relaciones sexuales se presentan intercambios de flujo a través del preservativo que pueden trasmitir el SIDA. Este porcentaje de fracasos se obtiene tomando como muestras los preservativos de mejor calidad, aprobados por el organismo de salubridad de E.U.A. y de reciente fabricación. Si consideramos que a los países periféricos llegan aquellos que no pasaron dicho control de calidad, que el látex se altera fácilmente con el paso del tiempo (unos meses es el período máximo estimado de almacenamiento antes de sufrir alteraciones), el cambio de temperatura (debe conservarse en ambiente fresco y seco, cosa que no sucede dentro de un transporte de esta mercadería ni en su almacenamiento, por ejemplo); vemos como ese 30 % aumenta considerablemente.

c) ABORTO: Tampoco podemos callar la forma tendenciosa conque se aborda una problemática tan desgraciada como trágica, cuál es la del aborto, dando a conocer estadísticas de dudoso origen (ya el Dr. Nathanson, artífice de la legalización del aborto en EEUU, advertía sobre cómo manipularon las mismas para conseguir sus rastreros objetivos) y enfocando la casuística desde el lado de la madre abortiva. En cambio, se silencian los derechos del niño asesinado en el seno materno. Háblenle a los inocentes muertos sobre "salud reproductiva" y "procreación responsable"!

d) EL DIU: Es inadmisible la afirmación de que el DIU no es abortivo, cuando las mismas revistas especializadas y hasta la Organización Mundial de la Salud en sus informes al respecto, así lo reconocen explícitamente. Tanto es así, que fue prohibida su comercialización e implantación en los mismos Estados Unidos debido a esos efectos "secundarios" y por los casos de esterilidad provocados por su uso, llegando en algunos casos, incluso hasta la muerte de la usuaria. El mismo Laboratorio que fabrica y distribuye el Para Gard, DIU de última generación, modelo T 380 A en Estados Unidos, distribuye en forma obligatoria, un formulario con una extensión de 11 páginas, de carácter de declaración jurada, la que debe ser rubricada por la interesada en su colocación, en 12 oportunidades. En la misma se informa sobre todas las contraindicaciones y efectos secundarios que les puede ocasionar el DIU. Recordemos que el nombre T de cobre le es dado por una membrana galvanizada de cobre que recubre al cuerpo plástico en forma de "T" que tiene el dispositivo.

Por sus características anatómicas, se advierte que el DIU no es un dispositivo de barrera, es decir, no impide la libre circulación de los espermatozoides hasta encontrarse con el óvulo. Su función, en realidad, es, como agente exógeno al organismo femenino, producir irritación e inflamación en las paredes internas del útero (endometrio), con lo cual, lo hace pasible y propenso a contraer una serie de infecciones muy delicadas y que imposibilitan que el óvulo fecundado por el espermatozoide (huevo) puede anidar o implantarse en esa pared. Esto lleva a que se desprenda y provoque un sangrado intermenstrual en el cual es expulsado. Es decir, un aborto. La declaración jurada antes mencionada, elaborada por el mismo Laboratorio, explica lo dicho de la siguiente forma: "Cómo actúa el Para Gard: Todavía no se comprende exactamente la manera en que el Para Gard impide el embarazo. Se han sugerido varias teorías, entre ellas, la interferencia con el transporte, la fecundación y la implantación de espermatozoides. Los estudios clínicos con el DIU portadores de cobre indican que la fecundación se altera, ya sea porque varía el número de espermatozoides o por la falta de viabilidad de éstos. Los DIU no inhiben la ovulación (producción y liberación de un óvulo de los ovarios). El Para Gard no siempre evita la producción de embarazos ectópicos (el embarazo fuera del útero, llamado a veces embarazo tubárico). El embarazo ectópico puede requerir cirugía y dejarla incapacitada para tener hijos; en algunos casos puede causar la muerte".

"Todavía no se comprende...", "Se han sugerido varias teorías...". En buen cristiano, vemos que el mismo fabricante reconoce no saber cómo es anticonceptivo. En realidad, porque no lo es. Y habla de evitar la "implantación de espermatozoides". ¡Como si el espermatozoide pudiera implantarse por sí solo en el útero! Más adelante, la misma declaración jurada sentencia: "Factores especiales de riesgo: ...Los datos indican que hay más posibilidades frente a otras mujeres, de que las usuarias del Para Gard contraigan una grave infección denominada enfermedad inflamatoria pélvica (EIP), especialmente si mantienen relaciones sexuales con múltiples compañeros. La EIP es el término médico conque se designa la infección del área pélvica superior. En esta área se encuentra el útero (matriz), las trompas de Falopio, lo ovarios y los tejidos circundantes (La vaginitis, o infección local de la vagina, no es EIP, pero puede llevar a ella). Los estudios realizados indican que el mayor número de casos de EIP se producen poco después de la inserción del DIU y hasta 4 meses después. La EIP puede causar obstrucción permanente de las trompas, esterilidad, embarazo ectópico o, en raras ocasiones, la muerte. Si ud. tiene ahora o ha tenido alguna vez EIP, no debe usar el Para Gard. La EIP es una infección causada por la gonorrea, clamidias u otros organismos microscópicos. La EIP es a menudo una enfermedad de transmisión sexual (ETS o EV)..."

Vemos pues, que el DIU no solo no es anticonceptivo, sino que es abortivo, favorece las enfermedades de inflamación pélvica, la obstrucción de las trompas de Falopio, la esterilidad definitiva, los sangrados constantes (y por consecuencias, anemias, debilitamiento, etc.) y, en algunos casos, hasta la muerte de la usuaria.

Muchas cosas se clarifican cuando nos enteramos que el dueño de la patente del para Gard es el propio Consejo de Población, organismo vinculado a la Fundación Rockefeller y consultor de la ONU, junto a Gyno Pharma, una pequeña corporación farmacéutica establecida como frente a petición del propio Consejo de Población.

El laboratorio Schering Argentina S.A.I.C. comercializa en nuestro medio el DIU de tercera generación "NOVAT", para cuya propaganda agrega un rótulo que reza: "Método avalado por el Population Council" (Consejo de Población). A tal fin, ha publicado una serie de cuadernos en donde brinda iformación sobre contraceptivos. En el cuaderno Nro. 1, titulado "Contracepción" (escrito por Gerd K. Doring; sin fecha de publicación), al referirse a la acción del diu, dice: "Los anillos intrauterinos y las espirales impiden la implantación del huevo fecundado en el endometrio" (pág. 13). Y en el cuaderno Nro. 4, titulado "Ginecología y obstetricia" (escrito por Adolf Eduard Schindler y Eva-María Schindler; Bs. As. Argentina, 1.989), se dedica todo un apartado a la contracepción postcoital (págs. 17 a 19), eufemismo para referirse a métodos y prácticas abortivas. En esas páginas, se menciona el DIU, y entre otras cosas afirma: " Se puede lograr una
contracepción postcoital relativamente segura hasta 4-6 días después del coito sin protección, mediante la colocación de un DIU..." Desde luego, después de 6 días, si las condiciones orgánicas de la mujer eran favorables, la fecundación ya se produjo, ya hay nueva vida, ya hay persona. Pero todavía no ocurre la anidación del huevo en el endometrio, por lo que la colocación del DIU es viable para impedirla definitivamente. Estamos lisa y llanamente frente a una práctica abortiva. Por si persisten las dudas, el cuaderno sigue, y al mencionar las indicaciones para la colocación del DIU, entre otras, enumera: ". Planificación familiar cumplida, pero no se desea la esterilización;. Directamente en la interrupción del embarazo; . Como contraceptivo postcoital" (pág. 21-22). Y al mencionar las complicaciones posibles con el uso del DIU, afirma: "... Inflamación del cuello y de los genitales internos... . Perforación; . Aumento del índice de embarazos extrauterinos; . Gestaciones intrauterinas" (pág. 22).

Para terminar, nos permitimos remitirnos a un artículo de actualización científica publicado en la "Revista de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Cuyo, República Argentina. 1.989 VOL. XI Nro. 1" En este artículo, titulado "Dispositivo intrauterino y embarazo", encontramos afirmaciones y sentencias como las siguientes:

"Si una portadora de DIU se embaraza, esta situación puede resultar complicada, más allá de posición que pueda adoptar la pareja sobre el futuro de dicha gestación. Es muy probable que el embarazo termine en un aborto espontáneo del primer o segundo trimestre... ...Si no se extrae el DIU, aproximadamente 50 % de los embarazos ortotópicos abortan espontáneamente... O sea que esta situación representa de 3 a 5 veces más que la tasa de abortos espontáneos en usuarias de otros métodos. Algunos estudios evidencian que más de la mitad de dichos abortos ocurren el el 2do. trimestre. En 1.984 en los Estados Unidos se publicó un trabajo respecto a 539 mujeres con DIU, que tenían 26 veces más probabilidades de tener un aborto espontáneo séptico en el 2do. trimestre respecto a las mujeres embarazadas sin DIU. Evidentemente que las complicaciones infecciosas en el 2do. trimestre son más graves que las de aborto espontáneo temprano" (pág. 35). Y continúa: "Otro de los problemas que pueden plantearse es el de las anomalías congénitas que suelen presentarse en los embarazos de las portadoras de DIU... Mishell estudió los tejidos expulsados de mujeres que abortaron espontáneamente y eran portadoras de DIU. En su estadística, 21 de 110 presentaron anomalías embrionarias" (pág. 36). Después agrega: "Si recordamos la acción del DIU, se puede decir que éste disminuye la nidación uterina en 99,5 % y en trompa en 95 %. Por lo tanto, si ocurre un embarazo con DIU, hay mayor posibilidad que sea ectópico" (pág. 36).

Y remata afirmando: "Hace pocos años ha llamado la atención el incremento de E.I.P (enfermedades de inflamación pélvica) debido a las enfermedades sexuales transmisibles y se ha sugerido que se produce con mayor freuencia en casi 50 % de las portadoras de DIU. La prueba epidemiológica de esta hipótesis viene de los estudios que muestran un aumento de las tasas con una mayor duración de uso el DIU" (pág. 37). Termina el artículo: "Por último, dos palabras sobe la recuperación de la fertilidad de aquellas que abandonan el uso del DIU. La recuperación no depende del tipo de DIU ni del tiempo de uso, sino de la gravedad del daño que éstos ocasionan" (pág. 37). Firma el artículo el mismo Dr. Héctor Osvaldo Lotfi, por entonces, Profesor titular de Clínica Ginecológica de la Facultad de Cs. Médicas de la U.N.C.- Mendoza - Argentina..

EL COMIENZO DE LA VIDA: APORTES DE LA CIENCIA

"En años recientes las agencias de policías y de investigaciones, en EEUU y en otros países por todo el mundo, han comenzado a depender mucho del uso del DNA (Acido Disoxiribo Nucleico) que se encuentra en cada célula humana, como la manera infalible de identificar a cada ser humano que haya vivido, que vive ahora o que vivirá en el futuro. La ciencia asegura actualmente a la Ley que el DNA de cada ser humano es absolutamente único e individual para siempre.

El 29 de abril de 1.991 la Cadena de TV CNN, dio a conocer que el Ejército de los a EEUU ha reconocido la infalibilidad del DNA como medio de identificar a los humanos, y está en proceso de cambiar las tradicionales medallas de identificación por un sistema identificador de DNA, que
incluiría muestras de sangre.

Las células retenidas en estas muestras serían suficientes, para poder hacer una identificación positiva del ser humano al cual pertenecía esa sangre.

Por añadidura, un experto militar indicó durante el programa de televisión de CNN ya mencionado, que EEUU utilizó este sistema de identificación del DNA por lo menos parcialmente, en la guerra "Tormenta del Desierto" (Guerra del Golfo), y así se pudieron identificar piernas y otras partes del cuerpo, cosa que no hubiera sido posible lograr con los métodos antiguos. Aún más importante, la maravilla científica del DNA establece positivamente el hecho, de que por mandato de la naturaleza, la primera célula humana viviente, que se forma cuando el espermatozoide del hombre penetra el óvulo de la mujer, contiene un DNA que es exclusivo del nuevo ser humano al cual pertenece. Es indiscutible y demostrable que este DNA es diferente al DNA de los padres. Por lo tanto, desde el comienzo de esta primera célula, existe un nuevo y totalmente diferente ser humano. El estudio científico del DNA ha establecido que esta primera célula humana y todas las que después se forman, sin duda alguna no son parte del cuerpo de otra persona..." (extraído del Boletín Hispano de Human Life International "Escoge la Vida" Nª 39, 1.992).

Recordemos que cada especie viviente se distingue por el número de cromosomas. En la especie humana, ese número corresponde a 46, los que se agrupan o aparean en pares. Cada célula somática de nuestro cuerpo, tendrá entonces 23 pares de cromosomas, salvo las células germinales (espermatozoide en el varón, óvulo en la mujer), que contarán con la mitad, es decir, 23 cromosomas. En el instante de la concepción, es decir, cuando el espermatozoide penetra el óvulo, la nueva célula, huevo o cigoto que surge, cuenta con 46 cromosomas.

Es decir, que esta nueva vida es distinta a la madre (que aportó sólo la mitad de ellos), y distinta al padre (que aportó otro tanto).

Por otra parte, es absurdo negar que exista vida desde el momento de la concepción. Si el huevo (unión del óvulo y del espermatozoide) cumple con todas las funciones vitales (comienza a nutrirse, crecer y reproducirse), es porque tiene vida. Asistimos, pues, al inicio de una nueva vida, autónoma, distinta de sus progenitores, individual e irrepetible. Hablamos de una nueva vida humana.

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...

¿Te ha sido de utilidad el blog?

¿Trabajar o criar a los hijos?

♥

♥Consagración a la Virgen María

♥Consagración a la Virgen María

CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO AL CORAZÓN INMACULADO DE MARÍA

CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO AL CORAZÓN INMACULADO DE MARÍA
"Oh, Corazón Inmaculado de María, refugio seguro de nosotros pecadores y ancla firme de salvación, a Ti queremos hoy consagrar nuestro matrimonio. En estos tiempos de gran batalla espiritual entre los valores familiares auténticos y la mentalidad permisiva del mundo, te pedimos que Tu, Madre y Maestra, nos muestres el camino verdadero del amor, del compromiso, de la fidelidad, del sacrificio y del servicio. Te pedimos que hoy, al consagrarnos a Ti, nos recibas en tu Corazón, nos refugies en tu manto virginal, nos protejas con tus brazos maternales y nos lleves por camino seguro hacia el Corazón de tu Hijo, Jesús. Tu que eres la Madre de Cristo, te pedimos nos formes y moldees, para que ambos seamos imágenes vivientes de Jesús en nuestra familia, en la Iglesia y en el mundo. Tu que eres Virgen y Madre, derrama sobre nosotros el espíritu de pureza de corazón, de mente y de cuerpo. Tu que eres nuestra Madre espiritual, ayúdanos a crecer en la vida de la gracia y de la santidad, y no permitas que caigamos en pecado mortal o que desperdiciemos las gracias ganadas por tu Hijo en la Cruz. Tu que eres Maestra de las almas, enséñanos a ser dóciles como Tu, para acoger con obediencia y agradecimiento toda la Verdad revelada por Cristo en su Palabra y en la Iglesia. Tu que eres Mediadora de las gracias, se el canal seguro por el cual nosotros recibamos las gracias de conversión, de amor, de paz, de comunicación, de unidad y comprensión. Tu que eres Intercesora ante tu Hijo, mantén tu mirada misericordiosa sobre nosotros, y acércate siempre a tu Hijo, implorando como en Caná, por el milagro del vino que nos hace falta. Tu que eres Corredentora, enséñanos a ser fieles, el uno al otro, en los momentos de sufrimiento y de cruz. Que no busquemos cada uno nuestro propio bienestar, sino el bien del otro. Que nos mantengamos fieles al compromiso adquirido ante Dios, y que los sacrificios y luchas sepamos vivirlos en unión a tu Hijo Crucificado. En virtud de la unión del Inmaculado Corazón de María con el Sagrado Corazón de Jesús, pedimos que nuestro matrimonio sea fortalecido en la unidad, en el amor, en la responsabilidad a nuestros deberes, en la entrega generosa del uno al otro y a los hijos que el Señor nos envíe. Que nuestro hogar sea un santuario doméstico donde oremos juntos y nos comuniquemos con alegría y entusiasmo. Que siempre nuestra relación sea, ante todos, un signo visible del amor y la fidelidad. Te pedimos, Oh Madre, que en virtud de esta consagración, nuestro matrimonio sea protegido de todo mal espiritual, físico o material. Que tu Corazón Inmaculado reine en nuestro hogar para que así Jesucristo sea amado y obedecido en nuestra familia. Qué sostenidos por Su amor y Su gracia nos dispongamos a construir, día a día, la civilización del amor: el Reinado de los Dos Corazones. Amén. -Madre Adela Galindo, Fundadora SCTJM

CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO A LOS DOS CORAZONES EN SU RENOVACIÓN DE VOTOS

CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO A LOS DOS CORAZONES EN SU RENOVACIÓN DE VOTOS
Oh Corazones de Jesús y María, cuya perfecta unidad y comunión ha sido definida como una alianza, término que es también característico del sacramento del matrimonio, por que conlleva una constante reciprocidad en el amor y en la dedicación total del uno al otro. Es la alianza de Sus Corazones la que nos revela la identidad y misión fundamental del matrimonio y la familia: ser una comunidad de amor y vida. Hoy queremos dar gracias a los Corazones de Jesús y María, ante todo, por que en ellos hemos encontrado la realización plena de nuestra vocación matrimonial y por que dentro de Sus Corazones, hemos aprendido las virtudes de la caridad ardiente, de la fidelidad y permanencia, de la abnegación y búsqueda del bien del otro. También damos gracias por que en los Corazones de Jesús y María hemos encontrado nuestro refugio seguro ante los peligros de estos tiempos en que las dos grandes culturas la del egoísmo y de la muerte, quieren ahogar como fuerte diluvio la vida matrimonial y familiar. Hoy deseamos renovar nuestros votos matrimoniales dentro de los Corazones de Jesús y María, para que dentro de sus Corazones permanezcamos siempre unidos en el amor que es mas fuerte que la muerte y en la fidelidad que es capaz de mantenerse firme en los momentos de prueba. Deseamos consagrar los años pasados, para que el Señor reciba como ofrenda de amor todo lo que en ellos ha sido manifestación de amor, de entrega, servicio y sacrificio incondicional. Queremos también ofrecer reparación por lo que no hayamos vivido como expresión sublime de nuestro sacramento. Consagramos el presente, para que sea una oportunidad de gracia y santificación de nuestras vidas personales, de nuestro matrimonio y de la vida de toda nuestra familia. Que sepamos hoy escuchar los designios de los Corazones de Jesús y María, y respondamos con generosidad y prontitud a todo lo que Ellos nos indiquen y deseen hacer con nosotros. Que hoy nos dispongamos, por el fruto de esta consagración a construir la civilización del amor y la vida. Consagramos los años venideros, para que atentos a Sus designios de amor y misericordia, nos dispongamos a vivir cada momento dentro de los Corazones de Jesús y María, manifestando entre nosotros y a los demás, sus virtudes, disposiciones internas y externas. Consagramos todas las alegrías y las tristezas, las pruebas y los gozos, todo ofrecido en reparación y consolación a Sus Corazones. Consagramos toda nuestra familia para que sea un santuario doméstico de los Dos Corazones, en donde se viva en oración, comunión, comunicación, generosidad y fidelidad en el sufrimiento. Que los Corazones de Jesús y María nos protejan de todo mal espiritual, físico o material. Que los Dos Corazones reinen en nuestro matrimonio y en nuestra familia, para que Ellos sean los que dirijan nuestros corazones y vivamos así, cada día, construyendo el reinado de sus Corazones: la civilización del amor y la vida. Amén! Nombre de esposos______________________________ Fecha________________________ -Madre Adela Galindo, Fundadora SCTJM

¿Conoces alguna embarazada que necesita ayuda?

¿Conoces alguna embarazada que necesita ayuda?
4219037/154168469

Clic


Translate

Photobucket

Experimentación fetal, transplantes, cosmética y su relación con el aborto provocado.

Mis archivos para compartir

Iniciado el 28/01/16










Photobucket


Photobucket

♥Oremos con corazón sincero


Photobucket



Photobucket

Wikipedia

Resultados de la búsqueda

MIS BANNER



Photobucket

Photobucket

Photobucket

Photobucket


Si a la vida Headline Animator

Si a la vida

Marcha nacional

Marcha nacional
#Por tu familia

Revista familia y vida

5 Actitudes que aprendemos dentro de la #Familia según el #PapaFrancisco

5 Actitudes que aprendemos dentro de la #Familia según el #PapaFrancisco

Macri representa la codicia neoliberal

Macri representa la codicia neoliberal
Ni salud ni educación ni erradicación de pobreza, solo aporte para la ignorancia y la medicrodidad burguesa