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martes, 3 de abril de 2012

►Un nuevo estudio apunta los beneficios de la gestación para el corazón materno





Estudio de la Mount Sinai School of Medicine: las células madre de la placenta se desplazan a los tejidos lesionados del corazón materno, se reprograman y se convierten en células cardiacas capaces de suplir a las dañadas.

REDACCIÓN HO.- La gestación supone para la embarazada una carga extra de trabajo que conlleva una gestación. Sin embargo, el feto también ayuda. Un estudio de la Mount Sinai School of Medicine de Nueva York (EE UU), del que informa Consumer, muestra que el feto puede ayudar a las madres gestantes. La investigación demuestra que las células madre de la placenta se desplazan hasta los tejidos lesionados del corazón materno durante el embarazo. Una vez allí, estas células se reprograman y se convierten en células cardiacas capaces de suplir a las dañadas.
También hay intercambio celular de madre a hijo. La miocardiopatía periparto es una afección del corazón que se desarrolla de manera específica durante el embarazo y que puede tener consecuencias graves. Los investigadores vieron que a las dos semanas del infarto, el 2% de las células del corazón lesionado provenían del feto, en un intento de reparación. Estas células pluripotenciales se transformaron en células musculares cardiacas y en células del endotelio vascular (capa que recubre el interior de todos los vasos sanguíneos).
El tránsito de células madre durante el embarazo es un fenómeno conocido desde hace unos años, de igual manera que se sabe que se desarrolla en ambas direcciones: también hay un intercambio de células progenitoras entre madre e hijo. Anteriormente, investigadores del servicio de cardiología del Hospital de la Santa Creu i Sant Pau, en Barcelona, detectaron cardiomiocitos de estirpe masculina (XY) en el corazón de madres que habían tenido hijos varones. 

jueves, 26 de enero de 2012

►Trece argumentos a favor de la vida





Firmado por: Carlos Llano Cifuentes

En la consideración de la moralidad e inmoralidad del aborto debe tenerse en cuenta que en este tema como en muchos otros que son decisivos para el fenómeno humano entran en conflicto dos perspectivas éticas radicales.

Los partidarios de la legalización del aborto suelen adoptar como punto de vista lo que puede llamarse ética de las consecuencias, respondiendo a esta pregunta: si se legaliza el aborto ¿las consecuencias serán mejores o peores que las que se obtienen con el aborto ilegal? Se alegan así las beneficiosas consecuencias en el orden de la higiene, al evitar la clandestinidad; la disminución del número de abortos, cuando la presunta madre tenga la oportunidad, sin sigilos ni vergüenzas, de ser juiciosamente aconsejada, etc.

Quienes se oponen, en cambio, a la legalización del aborto adoptan comúnmente la perspectiva que puede denominarse ética de los principios. Se adopta como punto de partida el principio del respeto a la vida humana. Y entonces la pregunta que debe responderse es la siguiente: el fruto inmediato de la concepción ¿es un ser humano? Ante la respuesta a esta pregunta, el análisis de las consecuencias buenas o malas resulta secundario. Pues adoptado el principio del respeto a la vida humana nadie analizaría la cuestión de sí prescindir en este momento de la mitad de la humanidad, o de los ancianos, o de los débiles mentales, acarrearía buenas o malas consecuencias sobre el resto de los que quedarían con vida. Si se admite el principio del respeto a la vida humana la cuestión se centrará, como dijimos, en saber si el embrión es vida humana, y si hay otros principios de más valor que el de la vida del embrión, en nombre de los cuales pueda practicarse el aborto.

Francisco José Herrera Jaramillo ha tenido el acierto de abordar, como una parte de su extensa obra 1. ,la cuestión del aborto precisamente a la luz de la ética de los principios, y precisamente del principio de la defensa de la vida. Al hacerlo, desmonta, uno por uno, con rigor lógico y científico, los argumentos contemporáneos en pro del aborto, que se han popularizado tristemente, basándose en una ética pragmática o consecuencialista.

Antes de abocarse de lleno a esta contra argumentación, hace una descripción de los métodos empleados en el aborto, pues la mayoría de las personas que defienden su despenalización ignoran cómo éste se lleva a cabo. Esta argumentación no es propiamente moral, pero acude al mismo terreno sentimental al que suelen recurrir las argumentaciones en pro de la legalización del aborto. Acto seguido aborda ya la discusión ética del aborto, por medio de argumentaciones y contra argumentaciones, de las que damos a continuación un sucinto resumen.

1. El fruto de la concepción es una parte de la madre, no es un ser humano. En tal caso, puede prescindirse de él por causas razonables, como se practica la amputación de un miembro u órgano enfermo.

Crítica. El sistema de inmunología de la madre reacciona para expulsar al intruso, como si fuera un ser extraño, y éste logra mantenerse en el seno materno gracias a sus propios medios de defensa, muy delicadas. En algunos casos esta defensa no es tan eficaz como debiera, y el nuevo ser se malogra dando lugar al aborto espontáneo. En cualquier caso se trata de dos organismos distintos que", desde el punto de vista de la inmunología, se atacan y defienden autónomamente.

2. Si bien es cierto que el fruto de la concepción tiene vida propia, ésta no es humana. La prueba es que no tiene ni siquiera figura humana.

Crítica. La vida del embrión es humana porque su esencia (lo que es radical y en último término) es humana. Del embrión humano no puede desarrollarse un ser distinto del ser humano; luego ya es humano desde el principio, de modo parecido a como la bellota es encina y no nogal. El hecho de que no tenga figura humana no es exacto, pues figura humana no equivale a figura de adulto. El embrión tiene la figura humana que corresponde al embrión, no al adulto. Y la figura del embrión humano es micro-biológicamente tan distinta de la de un caballo, como distinta es la forma adulta de éste y la del jinete.

3.El feto no es un individuo porque depende absolutamente de la madre.

Crítica. Se trata de un ser distinto e individualizado, aunque dependa efectivamente de la madre. Y aun esta dependencia puede incluso someterse a discusión. Con la fertilización in vitro se ha visto que la vida puede surgir fuera del claustro materno, y que la relación entre madre e hijo es posterior, si bien esta relación es necesaria para el desarrollo subsiguiente del ser humano concebido. Este es ya una unidad, con un código genético único e irrepetible, al que sólo le falta desarrollarse.

4.La mujer es dueña de su propio cuerpo. La mujer, como persona que es, tiene derecho a disponer de su propio cuerpo. Negar este derecho a la mujer es una discriminación sexual, porque la mujer, al ser obligada a mantener el embarazo no deseado, no disfruta de la misma libertad que el hombre tiene sobre su propio cuerpo.

Crítica. Es cierto que la mujer, como toda persona, tiene derecho sobre su propio cuerpo. Pero tal derecho no es absoluto, pues está limitado por deberes morales por ejemplo, no atentar contra la propia integridad física y por los derechos de los demás. Entre los derechos ajenos se encuentra el derecho a la vida del no nacido; luego la madre no puede disponer arbitrariamente de su cuerpo, si ello ocasiona la muerte de una persona. El derecho a la vida del hijo está limitando el derecho de la madre a disponer sobre su propio cuerpo. Rige aquí el principio moral del respeto al derecho ajeno. Así le entendieron los revolucionarios franceses, inspirados por Robespierre, 1793, al estipular en el artículo 6 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano: "la libertad es el poder que pertenece al hombre de hacer todo lo que no dañe a los derechos de los demás". Y el artículo 4 de una declaración análoga de 1789: "La libertad consiste en poder hacer todo lo que no dañe a los demás".

5.El aborto es una garantía para la libertad sexual. La naturaleza misma nos enseña que la virilidad está referida a la feminidad, y viceversa; luego el acto sexual es algo natural y, por lo tanto, debe ser libre. Hemos de liberarnos de tradiciones oscurantistas y religiosas, según las cuales el acto sexual está ordenado a la procreación. La mujer debe ser libre de buscar el placer sexual sin las ataduras de un embarazo no deseado.

Crítica. Es cierto que debe haber una libertad sexual, pero ordenada a unos fines. Entender por libertad sexual el practicar el coito irresponsablemente, equivale a despersonalizar las relaciones humanas; es, si vale la expresión, animalizar al hombre. No se puede negar, desde el punto de vista científico y no sólo religioso, la correspondencia que hay, por naturaleza, entre unión sexual y reproducción: la atracción sexual tiene por fin la reproducción de la especie humana. Esta atracción con vistas a la reproducción se pone ya de manifiesto entre el espermatozoide y el óvulo. El espermatozoide se dirige fatalmente al óvulo, y tiene así lugar la generación.

6.Si los llamados defensores de la vida humana se oponen al aborto, porque en él se destruye un organismo vivo portador de 46 cromosomas, ¿por qué no se oponen también a la extirpación de un riñón, el cual es otro organismo viviente con 46 cromosomas?

Crítica. El ser portador de 46 cromosomas, por sí solo, no significa necesariamente que estemos frente a un ser humano. El riñón está ordenado a vivir como parte del hombre, y al servicio de la totalidad de éste. Lo cual no ocurre en el embrión humano, el cual es una persona, Y no está en potencia de ser persona, sino que es ya persona en acto, aunque no del todo desarrollada.

7.El embarazo es una enfermedad y, por lo tanto, no se puede obligar a la madre a padecerlo. La mujer tiene un derecho natural que ha de ser respetado por todos: el derecho a la salud. Ahora bien, el embarazo supone un malestar, que en ocasiones se torna grave: obligar a la mujer a padecerlo es una indiscriminación injusta.

Crítica. El embarazo no es una enfermedad, sino un proceso natural, y la mujer encinta está desarrollando una función específica del sexo femenino: la maternidad, que está dentro del orden de la naturaleza.

8.En caso de peligro para la vida humana de la madre, o de gran riesgo para su salud, ha de permitirse el aborto. Este es el llamado aborto terapéutico, de gran acogida en los países europeos. La madre se encuentra en un estado de necesidad, y la única forma de salvar su vida humana, o su salud, es practicando el aborto, el cual no se hace arbitrariamente, sino en atención al cumplimiento de un deber moral: conservar la vida humana.

Crítica. La madre no tiene una calidad de vida superior a la del hijo no nacido, pues la vida humana, en su naturaleza misma, hace que sea imposible la evaluación de calidad, ya que toda vida humana es única e irrepetible. Por tanto, en el supuesto conflicto de los derechos entre la madre y el hijo, no se puede optar por ninguno de los dos, pues son iguales ante la Ley y su título de humano tiene la misma fuerza. Preferir la vida humana del hijo, o la vida humana de la madre, es una clara violación del artículo 7 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948: "Todos son iguales antes la Ley, y tienen, sin distinción, derecho a igual protección ante la ley". El artículo 3 de dicha declaración dice: "Todo individuo tiene derecho a la vida"; como el no nacido es, como dijimos en 1, un individuo de la especie humana, tiene tanto derecho a la vida como su propia madre.

No se puede comparar el aborto terapéutico con la legítima defensa que es un derecho natural subsiguiente del derecho de la vida porque el feto no es un agresor injusto. En el aborto no hay cumplimiento de ningún deber porque "el dejar morir o dejarse morir cuando no hay medios lícitos para impedirlo, no es ningún pecado" (Adeva).

9.Cuando se observa que el feto tiene malformaciones físicas graves o que puede llegar a padecer desequilibrios psíquicos, el aborto se hace necesario como una medida de prevención. Aristóteles incluso era partidario del aborto y del infanticidio eugenésico, al decir que "hace falta una ley que prohíba alimentar a todo hijo deforme" (Política, IV, XIV).

Crítica. Es necesario recurrir nuevamente a la teoría de la identidad sustancial de la calidad de vida de todo ser humano (Declaración de los Derechos Humanos, 1948, Art. 2, 3 y 7), ya que el derecho a la vida es universal, esto es, lo tiene todo ser humano sin importar sus accidentes y circunstancias. Lo que importa es su condición de persona y, si es persona, no importa que sea joven o anciana, enferma o saludable, útil o inútil. Además ¿con qué autoridad podemos decir que la vida de un malformado o psíquicamente desequilibrado es de inferior calidad a la vida de un hombre normal?

Sobre este respecto, es conveniente recordar una anécdota ocurrida al partidario del aborto, Monod, en un debate de la televisión francesa. Si usted sabe le dijo el biólogo Lejeune de un padre sifilítico y de una madre tuberculosa que tuvieron cuatro hijos: el primero nació ciego; el segundo murió nada más al nacer; el tercero nació sordo mudo; y el cuarto es tuberculoso. La madre queda embarazada de un quinto hijo. ¿Qué haría usted? Yo interrumpiría ese embarazo respondió Monod con toda la seguridad del caso; a lo que su contrincante, con una sonrisa le contestó: Pues hubiera matado usted a Beethoven.

El aborto fue el primer eslabón de la cadena inhumana de los nazis. Al concluir el famoso proceso de Nüremberg, un juez americano respondió a otros, que se admiró que las cosas hubiesen llegado a tal extremo: "llegaron a este extremo la primera vez que se condenó a un inocente".

10.El aborto es lícito en casos de violación o incesto. La eliminación del feto se hace entonces necesaria, para salvar el honor de la madre.

Crítica. No es cierto que la prohibición del aborto obligue a la mujer a ser madre, pues ella ya es madre; la cuestión no radica en si tiene o no que ser madre (ya que la mujer no necesariamente ha de ser madre) sino en si ya es madre, pues en caso positivo, por su condición de socio, debe convivir con su hijo, por lo menos mientras éste necesite de su cuidado exclusivo. En el caso del incesto (relación sexual entre consanguíneos próximos: madre e hijo, etc.), tanto si haya habido violación o como si ha sido consentido, ha de tenerse en cuenta que la sociedad le debe el respeto, pues la mujer no se ha deshonrado a sí misma (en caso de violación incentuosa) y que, en cualquier caso, el ser humano engendrado no tiene por qué pagar la culpa de su padre. En el caso de incesto consentido el hijo no es el que deshonra a la madre, sino que es ella misma la que se ha deshonrado, y el aborto no recupera la honra perdida. Agustín de Hipona afirmó a este respecto: "la fornicación de la meretriz es obra exclusiva suya; el alumbramiento del hijo es obra de Dios, y el apetito torpe de lucro con el auxilio divino se torna amor materno".

11.La ley humana no puede castigar o prohibir todos los males, ya que, al pretender evitar los males, se seguiría también la supresión de muchos bienes. Por tanto, puede permitir o legalizar el aborto, como lo sugiere Miret Magdalena. (Introducción al libro de M.M. Litchfield, Niños para quemar, Barcelona, 1977).

No toda infracción de la ley natural puede insertarse en la ley positiva o civil, pues, como dice Santo Tomás (I-II, Q. 91, a. 4), la ley humana no cohíbe todos los vicios, sino los más graves, y principalmente los que redundan en daño de otros, sin cuya prohibición no podría conservarse la sociedad, como los homicidios y robos.

Crítica. Es evidente que dejar impune un homicidio constituye un grave atentado a la convivencia social. El homicidio no es un mal tolerable, porque va en perjuicio de otro. El aborto es un homicidio (según vimos en 1, 2 y 3). El deber de respetar la vida ajena lo tiene el hombre porque es socio. No hay ningún derecho contra tal deber. La ley no puede permitir el homicidio porque con ello desconocería una base fundamental para que los asociados puedan convivir. Si se desconoce el derecho a la vida ¿qué otro derecho puede haber?

12.Despenalizar no es lo mismo que legalizar. Se dice que con la despenalización del aborto no se está legalizando una conducta nociva, sino tan sólo permitiendo, en determinadas condiciones, tal conducta. A nadie se le está obligando abortar; no es un mandato, sino una permisión, que es diferente.

Crítica. Los actos de la ley se clasifican en preceptivos, prohibitivos, permisivos y punitivos (Santo Tomás, I-II, Q.92, a. 2). Despenalizar el aborto significa, lógicamente, permitir el homicidio, ya que legalizar es lo mismo que el acto permisivo de la ley. En el Estado de Derecho los particulares pueden hacer todo lo que no esté prohibido por la ley, al paso que el Estado sólo puede hacer lo que le está permitido. La única fórmula de legalizar no es mediante un precepto, sino mediante una legislación que permita una determinada conducta; luego el permitir el aborto significa legalizarlo.

13.La ley que prohíbe el aborto se toma ineficaz y es causa de que las prácticas abortivas, hechas en la clandestinidad, sean poco higiénicas, provocando graves peligros a la madre.

Crítica. Aunque éste es un razonamiento típico de la ética de las consecuencias, puede verse que las consecuencias de la despenalización del aborto no son tan beneficiosas como sus partidarios las quieren. Se ha demostrado (J.C. Wieke) que la legalización del aborto no conduce a la disminución de los abortos clandestinos: en Suecia, nos dice la revista Lancet, "la ley sueca en su forma actual no ha sido capaz de disminuir el aborto criminal". Cristopher Tietze dice que "es dudoso si este objetivo se ha alcanzado en algunos de los países estudiados". Igual sucede en Japón, en donde se da un millón de abortos controlados, contra dos millones de abortos (Family Planning in Japan, a record of failure, "Asahi Journal", Oct. 16, 1966, pág. 52). Los doctores Hilgers y Shearin de la Clínica Mayo, recopilaron 21 estadísticas de 10 naciones diferentes. En 8 de estos países, la liberalización del aborto no influyó en la disminución de los abortos clandestinos, y en dos países aumentó el índice de clandestinidad (Ililgers-Shearin, Induced Abortion a document report. Cap. 7, 2a. ed. Enero 1973). En Inglaterra el Real Colegio de Obstetricia y Ginecología manifestó que "nuestras cifras indican que a pesar de un marcado número de abortos legales, desde 1968 a 1969, desafortunadamente no hubo un cambio significativo en el número de abortos clandestinos que requerían ingreso en un hospital. El hecho de que la legalización del aborto no haya, hasta el momento, reducido materialmente el número de abortos, ni de muertes producidas por abortos de todas clases, no es sorprendente. Esto confirma la experiencia de la mayoría de las naciones y fue pronosticado por el Colegio en su declaración de 1966" (British Medical Journal, Mayo 1970).

De todo lo anterior podemos concluir que el aborto democrático no tiene fundamento, ya que no todo derecho se reconoce a través de la votación. Hay asuntos que no son objeto de opinión o de opción, sino de conocimiento y estudio; no de elección sino de verdad (Hervada, Derecho natural, democracia y cultura, en "Persona y Derecho", VI, 1979, pág. 198). A esta conclusión se llega, como lo hace Francisco José Herrera Jaramillo, cuando se analizan no las supuestas ventajas del aborto, desde un punto de vista de una ética de las consecuencias, sino el derecho a la vida, desde el punto de vista de la ética de los principios.

ISTMO 162

1. El derecho a la vida y el aborto, Eunsa, Pamplona, 1984.

Via: Encuentra.com

viernes, 7 de octubre de 2011

De las vacunas preparadas con células de fetos humanos abortados

Academia Pontificia para la Vida


Declaración

Reflexiones morales sobre las vacunas 
preparadas con células de fetos humanos abortados

05 de junio 2005



La pregunta se refiere a la legalidad de la producción, difusión y uso de ciertas vacunas, cuya producción está vinculada con los actos de aborto provocado. Estas son las vacunas de virus vivos que se han preparado a partir de líneas celulares humanas de origen fetal, utilizando tejidos de fetos humanos abortados como fuente de estas células. El más conocido y más importante de estos, debido a su amplia distribución y su uso casi universal, es la vacuna contra la rubéola (sarampión).
  
La rubéola (sarampión) y su vacuna

La rubéola (sarampión o "sarampión alemán") 1 es una enfermedad viral causada por un tipo de Rubivirus Togavirus y se caracteriza por una erupción maculopapular. Es una infección común de la niñez, sin expresión clínica en un caso de dos auto-limitante y por lo general benigna. Sin embargo, el virus de la rubéola es uno de los agentes patógenos más contagiosos para el embrión y el feto. Cuando la infección se contrae durante el embarazo, especialmente en el primer trimestre, el riesgo de infección fetal es muy alta (alrededor del 95%). El virus se replica en la placenta e infecta al feto, causando la constelación de alteraciones conocidas como síndrome de rubéola congénita. Por ejemplo, la grave epidemia de rubéola que afectó a gran parte de los Estados Unidos en 1964, lo que causó 20.000 casos de roseola congenita2 resultando en 11.250 abortos (espontáneos o quirúrgicos), 2100 muertes infantiles, 11.600 casos de sordera, 3.580 casos de ceguera , 1.800 casos de retraso mental. Esta es la epidemia que ha impulsado el desarrollo y comercialización de una vacuna eficaz contra la rubéola, lo que permite una prevención eficaz de esta infección.
La gravedad de la rubéola congénita y las desventajas que genera justifican la vacunación generalizada contra la enfermedad. Es muy difícil, quizás imposible, para evitar la contaminación de una mujer embarazada, incluso si la enfermedad infectada una persona es diagnosticada desde el primer día de la erupción. Por lo tanto, trata de detener la transmisión mediante la eliminación de la jerarquía de la infección del virus de la proporcionada por los niños no vacunados, con la inmunización temprana de los niños (vacunación universal). Esta vacunación universal ha conducido a una disminución significativa en la incidencia de la rubéola congénita, con una incidencia general reducida a menos de 5 casos por cada 100.0000 nacidos vivos. Sin embargo, este progreso sigue siendo frágil. En los Estados Unidos, por ejemplo, después de una espectacular reducción en la incidencia de la rubéola congénita a sólo unos pocos casos al año, es decir, menos del 0,1 por cada 100.000 nacidos vivos, una nueva ola de la epidemia apareció en 1991, con una incidencia de hasta el 0, 8/100.0000. Estas ondas de resurgimiento del sarampión también se observaron en 1997 y 2000. Estos episodios periódicos de resurgimiento de dar testimonio de la circulación persistente del virus en adultos jóvenes, como consecuencia de la cobertura de vacunación es insuficiente. Esto deja una parte importante de la persistencia de los individuos susceptibles, la fuente de epidemias periódicas que ponen a las mujeres en situación de riesgo en edad fértil y que no están vacunados. La reducción a la eliminación de la rubéola congénita tanto, se considera una prioridad de salud pública. 

Las vacunas que actualmente se producen utilizando líneas celulares humanas de fetos abortados



Hasta ahora hay dos líneas de células diploides humanas, establecido originalmente (1964 y 1970) a partir de tejidos de fetos abortados, que se utilizan para la preparación de vacunas con virus vivos atenuados: la primera línea es la WI-38 (Instituto Winstar 38) con fibroblastos humanos diploides de pulmón, derivado de un feto femenino abortados porque la familia creía que había muchos niños (Sven G. et al. , 1969), preparada y desarrollada por Leonard Hayflick en 1964 (L. Hayflick, 1965; G . Sven et al. , 1969) 1 , el número de ATCC CCL-75. El WI-38 se utilizó para la preparación de la vacuna contra la histórica RA 27 / 3 contra la rubéola (SAPlotkin et al. , 1965) 2 . La segunda línea de células humanas es MRC-5 (Consejo de Investigación Médica 5) (pulmón humano, embriones) (número de ATCC CCL-171) con fibroblastos de pulmón humano de un feto de sexo masculino de 14 semanas de un aborto por "razones psiquiátricas" de una mujer de veinte y siete en el Reino Unido. El MRC-5 fue preparado y desarrollado por JPJacobs en 1966 (JPJacobs et al. , 1970) 3 . Se han desarrollado en otras líneas de células humanas para las necesidades de productos farmacéuticos, pero no están involucrados en las vacunas actualmente disponibles. 4

Las vacunas que sean atribuibles a día de hoy como el uso de líneas celulares humanas, WI-38 y MRC-5, obtenidas de fetos abortados son los siguientes: 5

Una vacuna) activa contra la rubéola 6 :

- Las vacunas monovalentes contra la rubéola Meruvax ® II (Merck) (EE.UU.), Rudivax ® (Sanofi Pasteur, el padre), y Antirrubéola SB ® (RA 27 / 3) (GlaxoSmithKline, Bélgica);

- La combinación de la vacuna MR contra la rubéola y el sarampión, comercializado bajo el nombre de MR-VAX ® II (Merck, EE.UU.) y Rudi-Rouvax ® (AVP, Francia),

- La vacuna combinada contra la rubéola y las paperas comercializado bajo el nombre Biavax ® II (Merck, EE.UU.)

- El MMR vacuna combinada ( sarampión, paperas, rubéola ) contra el sarampión, las paperas y la rubéola, comercializado bajo el nombre de MMR ® II (Merck, EE.UU.), ROR ® , Trimovax ® (Sanofi Pasteur, el padre), y Priorix ® ( GlaxoSmithKline, Reino Unido).



B) Otras vacunas, también se prepararon utilizando líneas celulares humanas de fetos abortados:

- Dos vacunas contra la hepatitis A, una producida por Merck (VAQTA), la otra por Glaxo SmithKline (HAVRIX), ambas preparadas utilizando la MRC-5;

- Una vacuna contra la varicela, Varivax ® , producida por Merck utilizando la WI-38 y MRC-5.

- Una vacuna contra la polio, la vacuna con virus inactivado contra la poliomielitis Poliovax ® (Aventis-Pasteur, el padre) con el MRC-5.

- Una vacuna contra la rabia, Imovax ® , de Aventis Pasteur, cosechados a partir de las células infectadas con células diploides humanas MRC-5 cepa;

- Una vacuna contra la viruela, ACAM 1000, preparada por Acambis, utilizando la MRC-5, todavía bajo investigación.

  

Posición de los problemas éticos asociados con estas vacunas


Desde el punto de vista de la prevención de enfermedades virales como la rubéola, las paperas, sarampión, varicela, hepatitis A, es claro que el desarrollo de vacunas eficaces contra estas enfermedades, y su uso en la lucha contra estas infecciones hasta su erradicación mediante la vacunación obligatoria para todos los interesados, sin duda, representa un "hito" en la antigua lucha del hombre contra las enfermedades infecciosas y contagiosas.
Sin embargo, estas mismas vacunas, ya que son preparados a partir de los virus recolectados en los tejidos de los fetos infectados y abortados voluntariamente, y posteriormente las cepas atenuadas y de cultivo de células humanas también medios procedentes de abortos voluntarios, hay cuestiones éticas importantes que hacer. La necesidad de articular una reflexión moral sobre el asunto proviene principalmente de la relación entre la preparación de las vacunas mencionadas anteriormente y los abortos obtenidos a partir de materiales biológicos que se han obtenido para la preparación necesaria.
Si alguien rechaza toda forma de aborto voluntario de fetos humanos, esa persona no estaría en contradicción consigo mismo al admitir el uso de estas vacunas de virus vivos atenuados en la persona de sus hijos? Esto no sería en este caso de una verdadera (e ilegales) la cooperación al mal, a pesar de que este mal se llevó a cabo hace cuarenta años?
Antes de considerar el caso específico, es necesario recordar brevemente los principales supuestos de la doctrina moral clásica sobre el problema de la cooperación al mal 7 , un problema que surge cada vez que un agente moral percibe la existencia de un vínculo entre sus acciones y un acto de maldad realizado por otros.
  
El principio de cooperación lícita en el mal

La distinción fundamental primero es que entre la cooperación formal y material. Configurar una c. formal cuando el agente moral coopera con la acción inmoral de otro, compartir la mala intención. Pero cuando el agente moral coopera con la acción inmoral de otro, sin compartir la mala intención, se configura una c. material.
El c. el material se divide en inmediatos (directos) y mediada (indirectos), según se trate de cooperar con la aplicación de un villano como tal, o que el acto de crear las condiciones - ya sea mediante instrumentos o productos - que hacen que por lo que es posible actuar mal. En relación, entonces, la "distancia" (en términos de conexión temporal y material) entre el acto de la cooperación y la maldad de otros, se encuentra una c. próximo y c. mando a distancia. El c. material es siempre un instante después, mientras que el c. material puede ser mediada o remoto.
El c. Formal es siempre moralmente ilícita, porque es una forma de participación directa y la acción intencional mal de la 8 .. El c. materiales a veces puede ser permitido (en los términos de la "doble efecto" o "voluntario indirecto"), pero cuando se configura como un c. material de inmediato a los ataques graves contra la vida humana, siempre es para ser considerada ilegal, en la preciosidad del valor en el juego 9 .
Otra distinción de la moral clásica es la que existe entre la cooperación activa en el mal (o positiva) la cooperación al mal y pasiva (o negativa), refiriéndose a la primera representación de un acto de cooperación a un acto de maldad cometida por otro, mientras que La segunda omisión de un acto de denuncia o de impedimento de una mala acción realizada por otro, en la medida en que no era un deber moral de hacer lo que se omitió 10 .. El c. pasivo puede ser formal o material, inmediata o mediata, próxima o remota. Obviamente, cada uno es considerado ilegal c. forma pasiva, sino también la c. material de pasiva es generalmente evitada, aunque se admite (por muchos autores) que no existe una obligación estricta para evitar que cuando se produjo un grave inconveniente.

 Solicitud de uso de las vacunas preparadas con células de embriones o fetos abortados voluntariamente procedimiento

En el caso concreto objeto de examen, tres categorías de personas están involucradas en la cooperación en lo malo, lo que obviamente es representado por el acto del aborto realizado por otros: a) los que preparan las vacunas con cepas de células humanas de abortos voluntarios, b) ¿Quién participa en la comercialización de estas vacunas, c) los que necesitan para su uso por razones de salud.
En primer lugar, se considera moralmente ilícita toda forma de c. formal (la mala intención de compartir) que realizó el acto del aborto que ha permitido la recuperación de tejido fetal para la preparación de vacunas. Por lo tanto, cualquier persona - independientemente de la categoría - para cooperar de alguna manera, ya sea compartiendo la intención, la ejecución de un aborto voluntario, destinado a la producción de vacunas en cuestión, de hecho, participar en el mismo mal moral del aborto que ha hecho esto. Esta participación se llevaría a cabo si también, siempre compartiendo el aborto intención, que nos limita a indemnizar o de venta libre, que tienen un deber moral de hacerlo, dicha acción ilícita (cooperación formal pasiva).
Si ese intercambio formal de mala intención que practicó el aborto no está allí, algún tipo de cooperación podría aparecer como material, con las siguientes especificaciones.
Con respecto a la preparación, distribución y comercialización de las vacunas producidas mediante el uso de material biológico cuyo origen está relacionado con las células de fetos abortados voluntariamente, en principio, cabe señalar que este proceso es moralmente ilícita, ya que podría ayudar de hecho, a fomentar la realización de otros abortos voluntarios, destinados a la producción de dichas vacunas. Sin embargo, hay que reconocer que dentro de la cadena de producción-distribución-comercialización, los distintos agentes cooperantes pueden tener diferentes responsabilidades morales.
Pero hay otro aspecto a considerar y que es la cooperación material pasiva, que se llevará a cabo por los productores de estas vacunas, si no lo hacen públicamente y de denunciar la mala acción de origen (el aborto voluntario), y juntos no se comprometen a promover la investigación y la alternativa, no hay mal moral, para la producción de estas vacunas. Esta cooperación material pasiva, si se produce, también es ilegal.
En cuanto a aquellos que necesitan utilizar estas vacunas por razones de salud, hay que señalar que, con exclusión de cualquier c. formal, por lo general los médicos o los padres para sus hijos que recurren a la utilización de estas vacunas, a pesar de conocer su origen (el aborto voluntario), muestran un tipo de mediación material de una cooperación muy remoto, y por lo tanto muy débil, en comparación con la producción de "Aborto y mediar en la cooperación material, procedente de la comercialización de las células de los abortos, e inmediato, con respecto a la comercialización de las vacunas producidas con células. La cooperación es más fuerte por las autoridades y los sistemas nacionales de salud que aceptan el uso de vacunas.
Pero en esta situación, es la aparición de la c. de más rápido crecimiento pasivo. A los fieles y ciudadanos de recta conciencia (los padres de familia, médicos, etc.) Se oponen a ella, a pesar de la objeción de conciencia, a los ataques cada vez más generalizado contra la vida y la "cultura de la muerte" que los sostiene. Y desde este punto de vista, el uso de vacunas, cuya producción está vinculada al aborto es causado por lo menos una cooperación pasiva de material mediado aborto pasiva cooperación a distancia y materiales inmediatas de su comercialización. Por otra parte, en términos culturales, el uso de estas vacunas contribuyen a un consenso social generalizado a la labor de las compañías farmacéuticas que los producen de una manera inmoral.
Por lo tanto, los médicos y padres de familia tienen el deber de recurrir a las vacunas alternativa 11 (en su caso), cada uno de ejercer presión sobre las autoridades políticas y los sistemas de salud para que otras vacunas sin problemas morales que se disponga. Se debe llamar, si la objeción es necesario, de conciencia 12 con respecto a la utilización de vacunas fabricadas con cepas de células de origen fetal aborto humano. Igualmente, deben oponerse por todos los medios (por escrito, a través de las distintas asociaciones, medios de comunicación, etc.) Vacunas que aún no libre de problemas morales alternativa, presionando para que las vacunas alternativas no están preparados en relación con el aborto de un feto humano y pidiendo un riguroso control legal de la fabricación de productos farmacéuticos.
En cuanto a las enfermedades contra las cuales no existen vacunas alternativas disponibles, éticamente aceptable, que deben abstenerse de utilizar estas vacunas, si se puede hacer sin correr el riesgo de salud significativo para los niños e, indirectamente, a la población en general. Pero si están expuestos a riesgos significativos para la salud, también se puede utilizar temporalmente las vacunas, con los problemas morales. La razón es que el deber moral de evitar la cooperación material pasiva no requiere si no hay inconveniente grave. Además, encontramos, en este caso, una razón proporcional a aceptar el uso de estas vacunas en la presencia del peligro de favorecer la difusión de la enfermedad, debido a la falta de vacunación de los niños. Esto es particularmente cierto en el caso de la vacunación contra la rubéola 13 .
En cualquier caso, queda el deber moral de seguir luchando y utilizar todos los medios legales para hacer la vida difícil para las compañías farmacéuticas que actúan sin escrúpulos éticos. Pero el peso de esta importante batalla no puede y no debe recaer sobre los niños inocentes y la situación de salud de la población - en particular en lo que respecta a las mujeres embarazadas ..

En resumen, hay que reiterar que:
- Hay un grave deber de usar las vacunas alternativas y para invocar la objeción de conciencia con respecto a aquellos que tienen problemas morales;
- En cuanto a las vacunas sin una alternativa, debe reafirmar el deber de luchar porque están más preparados, tanto la legalidad del uso de la primera, mientras tanto, en la medida en que es necesario para evitar un grave peligro no sólo para sus hijos sino también y quizás sobre todo por la salud de la población en general - especialmente las mujeres embarazadas;
- La legalidad de la utilización de estas vacunas no se deben interpretar como una declaración de la legalidad de su producción, comercialización y uso, sino como una cooperación material y pasiva, en menor sentido y remotas, también activo, moralmente justificado, como último recurso, porque el deber de velar por el bienestar de sus hijos y las personas que entran en contacto con los niños (mujeres embarazadas);
- Esta cooperación se produce en un contexto de coacción moral de la conciencia de los padres, que están sujetos a la alternativa a actuar contra su conciencia o poner en peligro la salud de sus niños y la población en general. Es injusto que una alternativa debe ser eliminada tan pronto como sea posible.


1      JEBanatvala, DWGBrown, rubéola , The Lancet, 3 de abril de 2004, vol.363, n  9415, pp.1127-1137.

Dos contra la rubéola , la morbilidad and Mortality Weekly Report, 1964, vol.13, p.93. . SAPlotkin, Asistencia virológica en la gestión de la rubéola en el embarazo , la revista JAMA, 26 de octubre de 1964, vol.190, pp.265-268.

3 L. Hayflick, The Limited In Vitro de por vida de los Derechos Humanos cepas células diploides , investigación con células Experimental 1965, 37 (3) :614-636. Sven G., Plotkin S., K. McCarthy, Profilaxis Gamma Globulina, virus de la rubéola inactivada, Producción y Control Biológico de vacunas vivas atenuadas virus de la rubéola , American Journal of Enfermedades de la Infancia 1969, 118 (2) :372-381.

4 SAPlotkin, D. Cornfeld, Th.H.Ingalls, Estudios de la inmunización con virus de la rubéola de vida, los ensayos en los niños con una cepa de un feto abortado cultivadas Diario Estadounidense de Enfermedades en la Infancia 1965, 110 (4) :381-389 .

5 JPJacobs, CMJones, JPBaille, características de célula diploide humana designado MRC-5 , Nature 1970, 277:168-170.

6 Dos líneas celulares, que son permanentes, HEK 293 líneas de células de fetos abortados, obtenidos a partir de células primarias de riñón embrionario humano transformado por el adenovirus tipo 5 cortado (el material del riñón fetal se obtuvo de un feto abortado, probablemente en 1972) y PER.C6, una línea de células fetales creado usando tejido de la retina de un bebé abortado de 18 semanas de edad gestacional, se han desarrollado para la producción farmacéutica de los vectores de adenovirus (terapia génica). No estaban involucrados en la producción de cualquiera de las vacunas con virus vivos atenuados que se utilizan actualmente, debido a su capacidad para desarrollar células tumorigénicas en el receptor. Sin embargo, algunas vacunas, todavía en fase de desarrollo, contra el virus de Ebola (Crucell, NV y el Centro de Investigación de Vacunas de los Institutos Nacionales de Salud-Alergias y Enfermedades Infecciosas, NIAID), VIH (Merck), influenza (MedImmune, Sanofi Pasteur), la encefalitis Japón (Crucell NV y Rhein Biotech NV) se preparan utilizando la línea celular PER.C6 ® (Crucell NV, Leiden, Países Bajos.

7 En contra de estas enfermedades infecciosas diferentes, hay algunas vacunas alternativas que se preparan utilizando células animales o tejidos, y por lo tanto, éticamente aceptable. Su disponibilidad depende del país en cuestión. En cuanto al caso particular de los Estados Unidos, hay otras opciones de estar en este país, para la vacunación contra la rubéola, la varicela y la hepatitis A menos que las vacunas propuestas por Merck, elaborada con líneas celulares humanas WI- 38 y MRC-5. Existe una vacuna contra la viruela preparadas a partir de la línea celular Vero (desde el riñón de un mono verde africano), ACAM2000 (Acambis-Baxter) (Las vacunas contra la viruela de segunda generación, conservan, no aprobado en los EE.UU.), que a su vez proporcionan una Por otra parte all'Acambis 1000. Hay vacunas alternativas contra las paperas (Mumpsvax, Merck), el sarampión (Attenuvax, Merck), ira (RabAvert, Quirón Therapeutics), preparado a partir de embriones de pollo (alergias severas, sin embargo, se produjo con el uso de estas vacunas), poliomielitis ( IPOL, Aventis-Pasteur, preparado con células de riñón de mono) y la viruela (la tercera generación de la vacuna contra la viruela MVA, vaccinia modificado de Ankara, Acambis-Baxter)

En Europa y Japón, hay otras vacunas disponibles contra la rubéola y la hepatitis A, producida con no humanos líneas de teléfono móvil. El Instituto Kitasato produce cuatro vacunas contra la rubéola, llamadas Takahashi, TO-336 y Matuba, preparado con células de riñón de un conejo (Matuura) preparado con células de embriones de codorniz. El Chemo-Sero-terapéutico del Instituto de Investigación Kaketsuken produce otra vacuna contra la hepatitis A, llamado Aimmugen, preparado con células de riñón de mono. El único problema es con la vacuna Varivax ® contra la varicela, por lo que no hay otra alternativa.

8 La vacuna contra la rubéola con la cepa Wistar RA27 / 3 de virus vivos atenuados de rubéola, adaptadas y distribuidas en fibroblastos diploides humanas WI-38 se encuentra en el centro de las polémicas actuales sobre la moralidad del uso de vacunas preparadas con la ayuda de las células humanas de fetos abortados.

 9 DMPrümmer O.Pr., de Cooperación al malum en Manual theologiae secundum Principia S. Thomae Aquinatis Moralis, Tomo I, Brisgoviae Friburgo, Herder & Co., 1923, Pars I, Trat.IX, Caput III, No. 2 , pp.429-234. . KHPeschke, la cooperación en los pecados de otros en la ética cristiana. Teología Moral en la luz del Concilio Vaticano II , Vol., Teología moral general, C. Goodliffe Neale Ltd., Arden Patrimonio Forestal Indusatrial, Alcester, Warwickshire, B49 6er, edición revisada, 1986, pp.320-324. . A. Fisher, la cooperación al mal , católica trimestral Médica, 1994, pp.15-22. . D. Tettamanzi, la cooperación , en el Diccionario de Bioética , S. Leone, S. Privitera ed., Siciliano Instituto de Bioética, EDB-ISB, 1994 , pp.194-198. . L. Melina, la cooperación con las acciones moralmente malas en contra de la vida humana , en el Comentario interdisciplinar "Evangelium Vitae ", E. Sgreccia, Ramón Lucas y Lucas., Libreria Editrice Vaticana, 1997, pp 467-490. Sgreccia E., Manual de Bioética , Vol., reimpresión de la tercera edición, Vita e Pensiero, Milano, 1999, pp.362-363.

10   Cf.Giovanni Pablo II, Enc. Evangelium vitae , n.74.

11 ibid

12  Catecismo de la Iglesia Católica, n.1868.

13 Estas vacunas se preparan vacunas alternativas con las cepas de células no humanas, como la línea celular Vero (simios) (D. Vinnedge), las células del riñón de los conejos o monos, o de células de embriones de pollo. Sin embargo hay que señalar que hubo una reacción alérgica grave con algunas de las vacunas así preparado. El uso de la tecnología del ADN recombinante en un futuro próximo podría conducir al desarrollo de nuevas vacunas que no requieren de un mayor uso de cultivos de células diploides humanas para la atenuación del virus y su cultivo, ya que estas vacunas no estarán preparados del virus atenuado, pero a partir del genoma del virus y los antígenos así desarrollados (G. CWoodrow y FKAskari WMMcDonnell). Algunos estudios experimentales ya se han realizado con las vacunas de ADN desarrollada a partir del genoma del virus de la rubéola. Además, algunos investigadores están tratando de utilizar el virus de la varicela de Asia como un vector para la inserción de genes que codifican los antígenos virales de la rubéola. Estos estudios son todavía preliminares, y el desarrollo de preparaciones de vacunas utilizadas en la práctica clínica es lento y costoso. . Vinnedge D., La vacuna contra la viruela , la Asociación Nacional de Bioética católica trimestral, la primavera de 2000, vol.2, N  1, página 12. . GCWoodrow, Una visión general de la biotecnología en su aplicación al desarrollo de vacunas , en " vacunas de nueva generación " GCWoorow, MMLevine eds., Marcel Dekker Inc., Nueva York y Basilea, 1990, véase pp.32-37. WMMcDonnell, FkAskari, la inmunización , la revista JAMA, 10 de diciembre de 1997, vol.278, n  22, pp.2000-2007, consulte pp.2005-2006.
14 Esta obligación puede dar lugar, por lo tanto, para que "la objeción de conciencia" cuando el acto es un acto ilícito reconocido permitido o alentado incluso por las leyes del país y atenta contra la vida humana. La Carta Encíclica Evangelium Vitae subrayado esta "obligación de oponerse" a la ley que permite el aborto o la eutanasia "por la objeción de conciencia" (n.73).

15 . Esto es particularmente cierto en el caso de la vacunación contra la rubéola, debido al peligro de la rubéola congénita. Como un trastorno que causa graves malformaciones congénitas en el feto, puede ocurrir cuando una mujer embarazada entra en contacto, aunque sea breve, con niños no inmunizados y portadores del virus. En este caso, los padres que no aceptan la vacunación de sus hijos a ser responsables de las malformaciones en cuestión y la posterior aborto de fetos malformados cuando se expone.
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"Oh, Corazón Inmaculado de María, refugio seguro de nosotros pecadores y ancla firme de salvación, a Ti queremos hoy consagrar nuestro matrimonio. En estos tiempos de gran batalla espiritual entre los valores familiares auténticos y la mentalidad permisiva del mundo, te pedimos que Tu, Madre y Maestra, nos muestres el camino verdadero del amor, del compromiso, de la fidelidad, del sacrificio y del servicio. Te pedimos que hoy, al consagrarnos a Ti, nos recibas en tu Corazón, nos refugies en tu manto virginal, nos protejas con tus brazos maternales y nos lleves por camino seguro hacia el Corazón de tu Hijo, Jesús. Tu que eres la Madre de Cristo, te pedimos nos formes y moldees, para que ambos seamos imágenes vivientes de Jesús en nuestra familia, en la Iglesia y en el mundo. Tu que eres Virgen y Madre, derrama sobre nosotros el espíritu de pureza de corazón, de mente y de cuerpo. Tu que eres nuestra Madre espiritual, ayúdanos a crecer en la vida de la gracia y de la santidad, y no permitas que caigamos en pecado mortal o que desperdiciemos las gracias ganadas por tu Hijo en la Cruz. Tu que eres Maestra de las almas, enséñanos a ser dóciles como Tu, para acoger con obediencia y agradecimiento toda la Verdad revelada por Cristo en su Palabra y en la Iglesia. Tu que eres Mediadora de las gracias, se el canal seguro por el cual nosotros recibamos las gracias de conversión, de amor, de paz, de comunicación, de unidad y comprensión. Tu que eres Intercesora ante tu Hijo, mantén tu mirada misericordiosa sobre nosotros, y acércate siempre a tu Hijo, implorando como en Caná, por el milagro del vino que nos hace falta. Tu que eres Corredentora, enséñanos a ser fieles, el uno al otro, en los momentos de sufrimiento y de cruz. Que no busquemos cada uno nuestro propio bienestar, sino el bien del otro. Que nos mantengamos fieles al compromiso adquirido ante Dios, y que los sacrificios y luchas sepamos vivirlos en unión a tu Hijo Crucificado. En virtud de la unión del Inmaculado Corazón de María con el Sagrado Corazón de Jesús, pedimos que nuestro matrimonio sea fortalecido en la unidad, en el amor, en la responsabilidad a nuestros deberes, en la entrega generosa del uno al otro y a los hijos que el Señor nos envíe. Que nuestro hogar sea un santuario doméstico donde oremos juntos y nos comuniquemos con alegría y entusiasmo. Que siempre nuestra relación sea, ante todos, un signo visible del amor y la fidelidad. Te pedimos, Oh Madre, que en virtud de esta consagración, nuestro matrimonio sea protegido de todo mal espiritual, físico o material. Que tu Corazón Inmaculado reine en nuestro hogar para que así Jesucristo sea amado y obedecido en nuestra familia. Qué sostenidos por Su amor y Su gracia nos dispongamos a construir, día a día, la civilización del amor: el Reinado de los Dos Corazones. Amén. -Madre Adela Galindo, Fundadora SCTJM

CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO A LOS DOS CORAZONES EN SU RENOVACIÓN DE VOTOS

CONSAGRACIÓN DEL MATRIMONIO A LOS DOS CORAZONES EN SU RENOVACIÓN DE VOTOS
Oh Corazones de Jesús y María, cuya perfecta unidad y comunión ha sido definida como una alianza, término que es también característico del sacramento del matrimonio, por que conlleva una constante reciprocidad en el amor y en la dedicación total del uno al otro. Es la alianza de Sus Corazones la que nos revela la identidad y misión fundamental del matrimonio y la familia: ser una comunidad de amor y vida. Hoy queremos dar gracias a los Corazones de Jesús y María, ante todo, por que en ellos hemos encontrado la realización plena de nuestra vocación matrimonial y por que dentro de Sus Corazones, hemos aprendido las virtudes de la caridad ardiente, de la fidelidad y permanencia, de la abnegación y búsqueda del bien del otro. También damos gracias por que en los Corazones de Jesús y María hemos encontrado nuestro refugio seguro ante los peligros de estos tiempos en que las dos grandes culturas la del egoísmo y de la muerte, quieren ahogar como fuerte diluvio la vida matrimonial y familiar. Hoy deseamos renovar nuestros votos matrimoniales dentro de los Corazones de Jesús y María, para que dentro de sus Corazones permanezcamos siempre unidos en el amor que es mas fuerte que la muerte y en la fidelidad que es capaz de mantenerse firme en los momentos de prueba. Deseamos consagrar los años pasados, para que el Señor reciba como ofrenda de amor todo lo que en ellos ha sido manifestación de amor, de entrega, servicio y sacrificio incondicional. Queremos también ofrecer reparación por lo que no hayamos vivido como expresión sublime de nuestro sacramento. Consagramos el presente, para que sea una oportunidad de gracia y santificación de nuestras vidas personales, de nuestro matrimonio y de la vida de toda nuestra familia. Que sepamos hoy escuchar los designios de los Corazones de Jesús y María, y respondamos con generosidad y prontitud a todo lo que Ellos nos indiquen y deseen hacer con nosotros. Que hoy nos dispongamos, por el fruto de esta consagración a construir la civilización del amor y la vida. Consagramos los años venideros, para que atentos a Sus designios de amor y misericordia, nos dispongamos a vivir cada momento dentro de los Corazones de Jesús y María, manifestando entre nosotros y a los demás, sus virtudes, disposiciones internas y externas. Consagramos todas las alegrías y las tristezas, las pruebas y los gozos, todo ofrecido en reparación y consolación a Sus Corazones. Consagramos toda nuestra familia para que sea un santuario doméstico de los Dos Corazones, en donde se viva en oración, comunión, comunicación, generosidad y fidelidad en el sufrimiento. Que los Corazones de Jesús y María nos protejan de todo mal espiritual, físico o material. Que los Dos Corazones reinen en nuestro matrimonio y en nuestra familia, para que Ellos sean los que dirijan nuestros corazones y vivamos así, cada día, construyendo el reinado de sus Corazones: la civilización del amor y la vida. Amén! Nombre de esposos______________________________ Fecha________________________ -Madre Adela Galindo, Fundadora SCTJM

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